Publication 579(SP) |
2008 Tax Year |
10.
Planes de Jubilación, Pensiones y Anualidades
Qué Hay de Nuevo en el Año 2007
Reinversión de aportaciones netas de impuestos. Para años tributarios a partir de 2007, la parte exenta de impuestos de
una distribución que reúna los requisitos para reinversión (como aportaciones netas de impuestos) de un plan de jubilación
calificado se puede reinvertir en otro plan de jubilación calificado. Dicho plan debe ser un plan de empleado calificado o
un contrato de
anualidad descrito en la sección 403(b). Antes, esta parte de la distribución sólo se podía reinvertir en otro plan de
jubilación calificado que fuera un plan calificado de beneficios definidos.
La reinversión debe ser un traspaso directo de fideicomisario a fideicomisario. El plan en el cual se reinviertan los fondos
debe dar cuenta
de estas aportaciones y sus ganancias por separado. Vea Reinversión de cantidades no tributables bajo Reinversiones,
más adelante, para mayor información.
Reinversiones por parte de un beneficiario que no sea el cónyuge. Para distribuciones hechas a partir del año 2007, un
beneficiario designado que no sea el cónyuge puede transferir directamente (fideicomisario a fideicomisario) una distribución
de un plan
de jubilación de un empleado fallecido a su cuenta de ahorros de jubilación (IRA) autorizada para recibir dicha
distribución. El traspaso se considera una distribución con derecho a reinversión y el plan personal de ahorros de
jubilación que la reciba se considera una cuenta IRA legada por el fallecido. Vea Reinversiones por parte de un beneficiario
que no sea el cónyuge bajo Reinversiones, más adelante, para más información.
Funcionarios jubilados del sector de la seguridad pública. Para distribuciones hechas a partir del año 2007, un
funcionario jubilado del sector seguridad pública que reúna los requisitos puede optar por excluir de sus ingresos distribuciones
de
hasta $3,000 que se hayan hecho directamente de un plan de jubilación del gobierno a proveedores de seguro de accidente, salud
o de cuidados a
largo plazo. Vea Insurance Premiums for Retired Public Safety Officers (Primas de Seguros para Funcionarios Jubilados del Sector de
Seguridad Pública), en la Publicación 575, Pension and Annuity Income (Ingresos de Pensiones y Anualidades), en
inglés, para más información.
Qué Hay de Nuevo en el Año 2008
Reinversiones en cuentas de ahorros individuales para la jubilación Roth (Roth IRA). Después del año 2007, puede reinvertir en una cuenta Roth IRA distribuciones hechas directamente de un plan de
jubilación calificado si, en el año tributable de la distribución, el ingreso bruto ajustado para fines de una cuenta Roth
IRA no sobrepasa los $100,000 y su estado civil para efectos de la declaración no es casado que presenta la declaración por
separado. Vea Rollovers to Roth IRAs (Reinversiones en Cuentas de Ahorros Individuales para la Jubilación Roth (Roth
IRA)) en la Publicación 575, en inglés, para más información.
Reducción de impuestos para víctimas de huracanes. Hay reglas especiales para fondos de jubilación recibidos por personas que reúnan los requisitos y hayan sufrido una pérdida
económica debido a los huracanes Katrina, Rita o Wilma. Vea Hurricane-Related Relief (Asistencia
Relacionada con Huracanes), en la Publicación 575, en inglés, o la Publicación 4492(SP), Información para los
Contribuyentes Afectados por los Huracanes Katrina, Rita y Wilma, para más información sobre estas
reglas especiales.
El presente capítulo trata del trato tributario de las distribuciones que usted reciba de:
-
Una pensión o anualidad para empleados de un plan calificado,
-
Una jubilación por incapacidad y
-
Una anualidad comercial comprada.
Lo que no aborda este capítulo.
Este capítulo no abarca los siguientes temas:
La Regla General.
Éste es el método que se utiliza generalmente para determinar el trato tributario de ingresos de pensiones y anualidades
de planes
no calificados (incluidas anualidades comerciales). Para un plan calificado, generalmente no se puede usar la Regla General
a menos que la fecha de
inicio de su anualidad sea antes del 19 de noviembre de 1996. Para más información sobre la Regla General, vea la Publicación
939, General Rule for Pensions and Annuities (Regla General para Pensiones y Anualidades), en inglés.
Beneficios de la jubilación del gobierno federal.
Si es jubilado del gobierno federal (ya sea por jubilación regular o por incapacidad), consulte la Publicación 721,
Tax Guide to
U.S. Civil Service Retirement Benefits (Guía Tributaria Para Beneficios de Jubilación del Gobierno Federal de los Estados Unidos),
en inglés. La Publicación 721 también contiene la información que necesite si es sobreviviente o beneficiario de un
empleado o jubilado federal que haya fallecido.
Cuentas de jubilación individuales (cuentas IRA).
La información acerca del trato tributario de las cantidades que reciba de una cuenta IRA se encuentra en el capítulo 17
de la Publicación 17, en inglés.
Artículos de interés - A usted quizá le interese ver:
Publicación
-
575
Pension and Annuity Income (Ingresos de Pensiones o Anualidades), en inglés
-
721
Tax Guide to U.S. Civil Service Retirement Benefits (Guía Tributaria para Beneficios de Jubilación del Gobierno Federal
de los Estados Unidos), en inglés
-
939
General Rule for Pensions and Annuities (Regla General para Pensiones y Anualidades), en inglés
Formulario (e Instrucciones)
-
W-4P
Withholding Certificate for Pension or Annuity Payments (Certificado de Retenciones para Pagos de Pensiones o Anualidades), en
inglés
-
1099-R
Distributions From Pensions, Annuities, Retirement or Profit-Sharing Plans, IRAs, Insurance Contracts, etc. (Distribuciones de
Pensiones, Anualidades, Planes de Jubilación o de Participación en las Ganancias, Cuentas de Jubilación IRA, Contratos
de Seguros, etc.), en inglés
-
4972
Tax on Lump-Sum Distributions (Impuesto sobre Distribuciones de Sumas Globales), en inglés
-
5329
Additional Taxes on Qualified Plans (Including IRAs) and Other Tax-Favored Accounts (Impuestos Adicionales sobre Planes Calificados
(incluidas las Cuentas de Jubilación IRA) y Otras Cuentas con Beneficios Tributarios), en inglés
Pensiones por incapacidad.
Si se jubiló por incapacidad, generalmente debe incluir en los ingresos toda pensión por incapacidad que reciba conforme
a un plan
que pague su empleador. Debe declarar los pagos por incapacidad sujetos a impuestos como salario en la línea 7 del Formulario
1040 o
del Formulario 1040A hasta que alcance la edad mínima de jubilación. En general, la edad mínima de jubilación corresponde
a la edad en que puede recibir una pensión o anualidad por primera vez si no está incapacitado.
Es posible que tenga derecho a un crédito tributario si estaba incapacitado de manera total y permanente cuando se jubiló.
Para
obtener información sobre este crédito, consulte el capítulo 33 de la Publicación 17, en inglés.
A partir del día después de cumplir la edad mínima de jubilación, los pagos que reciba están sujetos a impuestos
como una pensión o anualidad. Declare los pagos en las líneas 16a y 16b del Formulario 1040 o en las líneas
12a y 12b del Formulario 1040A.
Los pagos de incapacidad por lesiones causadas directamente por un ataque terrorista dirigido contra los Estados Unidos (o
sus aliados) no se
incluyen en el ingreso. Para obtener más información acerca de los pagos a sobrevivientes de ataques terroristas, consulte
la
Publicación 3920, Tax Relief for Victims of Terrorist Attacks (Reducción de Impuestos para Víctimas de Ataques
Terroristas), en inglés.
Para obtener más información sobre cómo declarar pensiones, incluidas pensiones por incapacidad militares y ciertas pensiones
gubernamentales por incapacidad, consulte el capítulo 5.
Más de un programa.
Si recibe beneficios de más de un programa bajo un fideicomiso o plan de su empleador, como un plan de pensiones y
un plan de
participación en las ganancias, es posible que tenga que calcular por separado la parte sujeta a impuestos de cada pensión
o contrato de
anualidad. Su antiguo empleador o el administrador del plan debe poder indicarle si tiene más de un contrato de pensión o
anualidad.
Cuentas personales de jubilación designadas Roth.
Una cuenta personal de jubilación designada Roth es una cuenta separada creada bajo un programa calificado de aportaciones a una
cuenta Roth que permite a los participantes elegir que la totalidad o parte de sus aplazamientos electivos a un plan 401(k) ó 403(b)
se consideren aportaciones hechas a una cuenta Roth. Los aplazamientos electivos que se consideran aportaciones a una cuenta
Roth se incluyen en los ingresos. Sin embargo, las distribuciones calificadas no se incluyen en los ingresos. Vea la Publicación
575, en inglés, para más información.
Beneficios de jubilación de empleados ferroviarios.
Para fines impositivos, una parte de los beneficios de la jubilación de empleados ferroviarios recibidos se considera
beneficios del seguro
social y otra parte se considera pensión del empleado. Para obtener información acerca de los beneficios de jubilación de
empleados ferroviarios considerados beneficios del seguro social, consulte la Publicación 915, Social Security and Equivalent Railroad
Retirement Benefits (Beneficios del Seguro Social y Equivalentes de Jubilación de Empleados Ferroviarios), en inglés. Para obtener
información acerca de los beneficios de jubilación de empleados ferroviarios considerados pensión del empleado, consulte
Railroad Retirement Benefits (Beneficios de Jubilación de Empleados Ferroviarios) en la Publicación 575, en inglés.
Crédito para ancianos o personas incapacitadas.
Si recibe una pensión por incapacidad o anualidad, tal vez pueda reclamar el crédito para ancianos o personas incapacitadas.
Consulte
el capítulo 33 de la Publicación 17, en inglés.
Retención e impuesto estimado.
El pagador del plan de pensiones, participación en las ganancias, bonificación de acciones, anualidad o compensación
diferida
retendrá impuestos sobre el ingreso correspondiente a las partes sujetas a impuestos de las cantidades que se le han pagado
a usted. Puede
escoger que no le retengan impuestos a no ser que sean distribuciones que reúnan los requisitos para reinversión. Consulte
Distribuciones con derecho a reinversión bajo Reinversiones, más adelante. Para optar por esta alternativa,
presente el Formulario W-4P.
Para pagos que no sean distribuciones
que reúnan los requisitos para reinversión, puede indicarle al pagador la cantidad de la retención a realizar al presentar
el
Formulario W-4P. Si se le paga una distribución que reúna los requisitos para reinversión, generalmente se retendrá el
20%. No hay retención sobre una reinversión directa de una distribución que reúna los requisitos para reinversión.
Consulte Opción de reinversión directa en Reinversiones, más adelante. Si escoge que no le retengan
impuestos o si no le retienen suficientes impuestos, tal vez deba pagar un impuesto estimado.
Para obtener más información, consulte Pensiones y Anualidades bajo Retención, en el capítulo 4.
Préstamos.
Si saca un préstamo de su plan de pensiones o anualidad calificado, programa de anualidad con refugio tributario,
plan del gobierno o
contrato comprado en virtud de alguno de estos planes, es posible que tenga que tratar el préstamo como una distribución no
periódica salvo que se den ciertas excepciones. Esto significa que tiene que incluir en el ingreso la totalidad o parte de
la cantidad obtenida
en préstamo. Aun si no tiene que tratar el préstamo como una distribución no periódica, en algunas situaciones
quizá no pueda deducir los intereses sobre el préstamo. Para más detalles, consulte Loans Treated as Distributions
(Préstamos Tratados como Distribuciones) en la Publicación 575, en inglés. Para obtener más información acerca de
la posibilidad de deducción de intereses, consulte el capítulo 23.
Planes calificados para trabajadores por cuenta propia.
En ocasiones, los planes calificados establecidos por trabajadores por cuenta propia se denominan planes Keogh o H.R. 10. Los
planes calificados pueden ser establecidos por trabajadores por cuenta propia, sociedades colectivas (pero no un socio) y
sociedades anónimas.
Pueden cubrir a personas autónomas, como trabajadores por cuenta propia o socios, y empleados regulares (con derechos consuetudinarios).
Por lo general, las distribuciones de un plan calificado están sujetas a impuestos en su totalidad
porque la mayoría de los beneficiarios no tiene base de costos. No obstante, si tiene una inversión (costo) en el plan, sus
pagos de
pensión o anualidad de un plan calificado se gravan conforme al método simplificado. Para obtener más información acerca
de los planes calificados, consulte la Publicación 560, Retirement Plans for Small Business (Planes de Jubilación para
Pequeños Negocios), en inglés.
Planes de compensación diferida de la sección 457.
Si trabaja para un gobierno estatal o local o para una
organización exenta de impuestos, tal vez pueda participar en un plan de compensación diferida de la sección 457. Si su plan
reúne los requisitos, actualmente no se gravan los pagos que sean diferidos conforme al plan ni ninguno de los ingresos de
la inversión
del pago diferido bajo el plan. Normalmente, se gravan impuestos sobre cantidades diferidas en un plan de gobierno estatal
o local que reúna
los requisitos solamente si se pagan desde el plan. Se gravan impuestos sobre cantidades diferidas en el plan de una organización
exenta de
impuestos que reúna los requisitos si se pagan o se ponen a su disposición de algún otro modo.">
Este capítulo abarca el trato tributario de beneficios correspondientes a los planes de la sección 457, pero no cubre
el trato de
pagos diferidos. Para obtener información acerca de pagos diferidos conforme a los planes de la sección 457, consulte Retirement
Plan Contributions (Aportaciones a Planes de Jubilación) bajo Employee Compensation (Compensación de Empleados), en la
Publicación 525, Taxable and Nontaxable Income (Ingresos Tributables y No Tributables), en inglés.
Para obtener información general acerca de estos planes de compensación diferida, consulte Section 457 Deferred Compensation
Plans (Planes de Compensación Diferida de la Sección 457), en la Publicación 575, en inglés.
Anualidades compradas.
Si recibe pagos de pensión o anualidad de un contrato de anualidad de compra privada de una organización comercial,
como una
compañía de seguros, normalmente debe usar la Regla General para calcular la parte exenta de impuestos de cada pago de la
anualidad.
Para obtener más información acerca de la Regla General, consulte la Publicación 939, en inglés. Asimismo, consulte
Variable Annuities (Anualidades Variables), en la Publicación 575, en inglés, para las disposiciones especiales que se
aplican a estos contratos de anualidad.
Permuta exenta de impuesto.
No se reconocen ganancias ni pérdidas en una permuta de un contrato de anualidad por otro contrato de anualidad si
el asegurado o
pensionista sigue siendo el mismo. Sin embargo, la ganancia sobre la permuta o intercambio de un contrato de anualidad se
considera ingreso ordinario
si la ganancia se debe al interés acumulado en el contrato y la permuta del contrato de anualidad es por un seguro de vida
o contrato de seguro
dotal. Consulte Transfers of Annuity Contracts (Traspasos de Contratos de Anualidad), en la Publicación 575, en inglés, para
obtener más información acerca de la permuta de contratos de anualidad.
Cómo Hacer la Declaración
Si presenta un Formulario 1040, declare la anualidad total en la línea 16a y la parte sujeta a impuestos en la línea
16b . Si la pensión o anualidad está íntegramente sujeta a impuestos, anótela en la línea 16b ;
no anote nada en la línea 16a .
Si presenta un Formulario 1040A, declare la anualidad total en la línea 12a y la parte sujeta a impuestos en la línea
12b . Si la pensión o anualidad está íntegramente sujeta a impuestos, anótela en la línea 12b ;
no anote nada en la línea 12a .
Más de una anualidad.
Si recibe más de una anualidad y al menos una de ellas no está íntegramente sujeta a impuestos, anote la cantidad
total
recibida de todas las anualidades en la línea 16a del Formulario 1040 o en la línea 12a del Formulario 1040A.
Anote la parte sujeta a impuestos en la línea 16b del Formulario 1040 o en la línea 12b del Formulario 1040A. Si
todas las anualidades que usted reciba están íntegramente sujetas a impuestos, anote el total de todas ellas en la línea
16b del Formulario 1040 o en la línea 12b del Formulario 1040A.
Declaración conjunta.
Si presenta una declaración conjunta y usted y su cónyuge reciben cada uno una o más pensiones o anualidades, declare
el total
de las pensiones y anualidades en la línea 16a del Formulario 1040 o en la línea 12a del Formulario 1040A. Declare
la parte sujeta a impuestos en la línea 16b del Formulario 1040 o en la línea 12b del Formulario 1040A.
Tabla Presentado en una hoja de trabajo de método simplificado. Hoja de trabajo 10-A. Hoja de Trabajo del Método Simplificado
para Guillermo Rojas
1. |
Anote el total de pagos de pensión o anualidad recibidos este año. Asimismo, sume esta
cantidad al total de la línea 16a del Formulario 1040 o de la línea 12a del Formulario 1040A
|
1. |
14,400 |
2. |
Anote su costo en el plan (contrato) en la fecha de inicio de la anualidad más toda exclusión por
prestaciones en caso de fallecimiento*
|
2. |
31,000 |
|
|
|
Nota: Si la fecha de inicio de la anualidad fueantes del presente año y
completó esta hoja de trabajo el año pasado, omita la línea 3 y anote la cantidad de la línea 4 de la hoja de trabajo del
año pasado en la línea 4 siguiente. De lo contrario, pase a la línea 3. |
|
|
|
|
3. |
Anote el número correspondiente de la siguiente Tabla 1. Sin embargo, si la fecha de inicio de la
anualidad fue después de 1997 y los pagos se realizarán durante su vida y la vida de su beneficiario, anote el
número correspondiente de la Tabla 2 siguiente.
|
3. |
310 |
|
|
4. |
Divida la línea 2 por la cifra de la línea 3
|
4. |
100 |
|
|
5. |
Multiplique la línea 4 por el número de meses durante los que se realizaron los pagos del
presente año. Si la fecha de inicio de anualidad fue antes de 1987, anote esta cantidad en la línea 8 siguiente y
omita las líneas 6 , 7 , 10 y 11. De lo contrario, pase a la línea 6
|
5. |
1,200 |
|
|
6. |
Anote todas las cantidades recuperadas previamente exentas de impuestos en los años siguientes a 1986. Esta
cantidad aparece en la línea 10 de la hoja de trabajo del año pasado
|
6. |
-0- |
|
|
7. |
Reste la línea 6 de la 2
|
7. |
31,000 |
|
|
8. |
De las líneas 5 y 7, anote la cantidad que sea menor |
8. |
1,200 |
9. |
Cantidad tributable para el año. Reste la línea 8 de la línea
1 . Anote el resultado, pero éste no puede ser menor que cero. Asimismo, sume esta cantidad al total de la línea
16b del Formulario 1040 o de la línea 12b del Formulario 1040A
|
9. |
13,200 |
|
Nota: Si el Formulario 1099-R muestra una cantidad tributable mayor, use la cantidad de la
línea 9 en su lugar. Si es funcionario jubilado del sector de seguridad pública, vea Insurance Premiums for Retired Public
Safety
Officers (Primas de Seguros para Funcionarios Jubilados del Sector de Seguridad Pública) en la Publicación 575, en inglés,
antes de anotar una cantidad en la declaración de impuestos. |
|
|
10. |
¿La fecha de inicio de su anualidad fue anterior a 1987?
□ Sí. NO SIGA. No llene el resto de esta hoja de trabajo.
□ No. Sume las líneas 6 y 8. El resultado es la cantidad recuperada exenta de impuestos hasta el año 2007 inclusive.
Necesitará esta cifra si necesita llenar esta hoja de trabajo para el año que viene
|
10. |
1,200 |
11. |
Saldo del costo a recuperar. Reste la línea 10 de la línea
2 . Si es cero, no tendrá que llenar esta hoja de trabajo para en el año que viene. Los pagos que reciba el año
próximo normalmente serán tributables en su totalidad
|
11. |
29,800 |
Tabla Tablas de anualidades para la hoja de trabajo de método simplificado.
TABLA 1 PARA LA LÍNEA 3 ANTERIOR |
|
Y la fecha de inicio de su anualidad fue: |
SI la edad en la fecha de inicio de la
anualidad era... |
antes del 19 de noviembre de
1996, anote en la línea 3 ... |
después del 18 de noviembre de
1996, anote en la línea 3 ... |
55 años de edad o menos
|
300
|
360
|
56-60
|
260
|
310
|
61-65
|
240
|
260
|
66-70
|
170
|
210
|
71 años de edad o más
|
120
|
160
|
TABLA 2 PARA LA LÍNEA 3 ANTERIOR |
SI las edades combinadas
en la fecha de inicio de
la anualidad eran... |
|
ENTONCES anote
en la línea 3 ... |
110 o menos
|
|
410
|
111-120
|
|
360
|
121-130
|
|
310
|
131-140
|
|
260
|
141 ó más
|
|
210
|
* Una exclusión por prestaciones en caso de fallecimiento (hasta $5,000) aplicada a ciertas prestaciones recibidas por empleados
que
fallecieron antes del 21 de agosto de 1996.
Costo (Inversión en el Contrato)
Antes de que pueda calcular qué parte, si la hay, de una distribución de su pensión o anualidad es tributable, debe determinar
el costo (la inversión en el contrato) de la pensión o anualidad. Su costo total en el plan incluye todo lo que ha pagado.
Asimismo,
incluye las cantidades que su empleador pagó y que eran tributables para usted al momento de dicho pago. El costo no incluye
cantidades que
haya deducido o excluido del ingreso.
De este costo total pagado, reste todo reembolso de primas, descuentos, dividendos, préstamos no reembolsados u otras cantidades
exentas de
impuestos que haya recibido en la fecha de inicio de la anualidad o en la fecha en que recibió su primer pago, lo que ocurra
más tarde.
La fecha de inicio de la anualidad es el primer día del primer período para el cual usted recibe un pago, o bien, la fecha
en que se
fijan las obligaciones del plan, la que ocurra más tarde.
Cuentas designadas Roth.
Su costo en estas cuentas se compone de las aportaciones designadas a su cuenta Roth que se incluyeron en sus ingresos como salario
sujeto a los requisitos de retención de impuestos correspondientes.
Aportaciones de empleo en el extranjero.
Si usted trabajó en un país extranjero y se hicieron aportaciones a su plan de jubilación, se aplican reglas especiales
al
determinar su costo. Consulte la Publicación 575, en inglés.
Tributación de Pagos Periódicos
Pagos íntegramente tributables.
Generalmente, si no pagó ninguna parte del costo de su pensión o anualidad del empleado y su empleador no retuvo parte
del costo de
su pago mientras usted trabajaba, las cantidades que recibe cada año son íntegramente tributables. Debe declararlas en la
declaración del impuesto sobre el ingreso.
Pagos parcialmente tributables.
Si pagó parte del costo de su anualidad, no se gravará la parte de la anualidad que usted reciba y que represente
un rendimiento de
su costo. El resto de la cantidad que reciba suele ser tributable. La fecha de inicio de la anualidad (que se define más adelante)
determina
qué método debe o puede usar.
Si hizo aportaciones a su plan de pensiones o anualidad, calcule las partes exentas de impuestos y las sujetas a impuestos
de sus pagos de
anualidades conforme al Método Simplificado o a la Regla General. Si la fecha de inicio de la anualidad es posterior al 18
de noviembre de 1996
y sus pagos son de un plan calificado, debe usar el Método Simplificado. Generalmente, debe usar la Regla General sólo para
planes no
calificados.
Si tenía más de una pensión o anualidad parcialmente tributable, calcule por separado la parte exenta de impuestos
y la parte
sujeta a impuestos.
Si la anualidad se paga en virtud de un plan calificado y la fecha de inicio de la anualidad es posterior al 1 de
julio de 1986 y antes del 19 de
noviembre de 1996, puede escoger usar la Regla General o el Método Simplificado.
Conforme al método simplificado, se calcula la parte exenta de impuestos de cada pago de la anualidad al dividir el costo
entre el
número total previsto de pagos mensuales. Para una anualidad pagadera durante la vida de los pensionistas, este número se
basa en las
edades de los pensionistas en la fecha de inicio de la anualidad y se determina a partir de una tabla. Para cualquier otra
anualidad, este
número corresponde al número de pagos mensuales de la anualidad en virtud del contrato.
Quién debe usar el Método Simplificado.
Se debe usar el Método Simplificado si la fecha de inicio de la anualidad es posterior al 18 de noviembre de 1996
y se reciben pagos de
pensiones o anualidades de un plan de empleado calificado, anualidad de empleado calificado o plan de anualidad con refugio
tributario (plan bajo la
sección 403(b)) a menos que tenga al menos 75 años de edad y derecho a pagos de anualidad de un plan calificado garantizados
por 5
años o más.
Pagos garantizados.
Su contrato de anualidad estipula pagos garantizados si un número mínimo de pagos o una cantidad mínima (por ejemplo,
la
cantidad de su inversión) son pagaderos, aun si usted y algún pensionista sobreviviente no viven para recibir el mínimo. Si
la
cantidad mínima es inferior a la cantidad total de pagos que usted va a recibir, salvo que fallezca, durante los primeros
5 años
posteriores al comienzo de los pagos (calculado omitiendo todos los aumentos en los pagos), tiene derecho a menos de 5 años
de pagos
garantizados.
Quién debe usar la Regla General.
Se debe usar la Regla General si se reciben pagos de pensiones o anualidades de:
-
Un plan no calificado (como una anualidad privada, una anualidad comercial comprada o un plan de empleado no calificado) o
-
Un plan calificado si tiene 75 años de edad o más en la fecha de inicio de su anualidad y sus pagos de anualidad están
garantizados por un mínimo de 5 años.
Anualidad cuya fecha de inicio es anterior al 19 de noviembre de 1996.
Si la fecha de inicio de la anualidad es posterior al 1 de julio de 1986 y anterior al 19 de noviembre de 1996, se
tuvo que utilizar la Regla
General para cualquiera de las circunstancias descritas anteriormente. También se tuvo que usar para cualquier anualidad de
plazo fijo. Si no
tuvo que utilizar la Regla General, podría haber decidido usarla. Si la fecha de inicio de la anualidad es anterior al 2 de
julio de 1986, tuvo
que usar la Regla General, a menos que haya podido usar la regla de los tres años.
Si tuvo que usar la Regla General (o decidió usarla), debe continuar usándola cada año que recupere su costo.
Quién no puede usar la Regla General.
No puede usar la Regla General si recibe su pensión o anualidad de un plan calificado y ninguna de las circunstancias
descritas
anteriormente corresponde a su caso. Consulte Quién debe usar el Método Simplificado, anteriormente.
Más información.
Para obtener información completa acerca del uso de la regla general, incluidas las tablas actuariales que necesitará
utilizar,
consulte la Publicación 939, en inglés.
Límite de exclusión.
La fecha de inicio de la anualidad determina la cantidad total que puede excluir del ingreso tributable en el transcurso
de los años.
Exclusión limitada al costo.
Si la fecha de inicio de la anualidad es posterior a 1986, la cantidad total del ingreso de anualidades que puede
excluir en el transcurso de los
años como recuperación del costo no puede ser superior al costo total. Todo costo no recuperado a su muerte (o a la muerte
del
último pensionista) se permite como una deducción detallada miscelánea en la declaración final del difunto. Esta
deducción no está sujeta al límite del 2% del ingreso bruto ajustado.
Exclusión no limitada al costo.
Si la fecha de inicio de la anualidad es anterior a 1987, puede continuar reclamando la exclusión mensual en tanto
siga recibiendo su
anualidad. Si optó por una anualidad conjunta y de sobreviviente, su sobreviviente puede continuar reclamando la exclusión
del
sobreviviente calculada a partir de la fecha de inicio de la anualidad. La exclusión total podría ser superior al costo.
Cómo usar el Método Simplificado.
Complete la hoja de trabajo del Método Simplificado de la Publicación
575, en inglés, para calcular la anualidad tributable para el año 2007. Si la anualidad solamente es pagadera durante su vida,
utilice
su edad en la fecha de inicio de su anualidad para determinar el número total de pagos mensuales previsto para la anualidad.
Para anualidades
con fechas de inicio a partir de 1998, si la anualidad es pagadera durante su vida y las vidas de otras personas, utilice
las edades combinadas de
usted y del pensionista sobreviviente de menor edad en la fecha de inicio de su anualidad. Sin embargo, si la fecha de inicio
de su anualidad
comenzó antes del 1 de enero de 1998, la cantidad total de pagos mensuales de anualidad que espera recibir se basa en la edad
del pensionista
principal en la fecha de inicio de la anualidad.
Asegúrese de guardar una copia de la hoja de trabajo completa, ya que le será de utilidad para calcular su anualidad tributable
en el
futuro.
Ejemplo 10. .1. Ejemplo.
Guillermo Rojas, de 65 años de edad, comenzó a recibir beneficios de jubilación en el año 2007, conforme a una
anualidad conjunta y de sobreviviente. La fecha de inicio de la anualidad de Guillermo es el 1 de enero del año 2007. Los
beneficios se
pagarán durante la vida conjunta de Guillermo y su esposa Marta, de 65 años de edad. Guillermo había aportado $31,000 a un
plan
calificado y no había recibido distribuciones antes de la fecha de inicio de la anualidad. Guillermo recibirá un beneficio
de
jubilación de $1,200 mensuales y Marta recibirá un beneficio de sobreviviente mensual de $600 tras la muerte de Guillermo.
Guillermo debe utilizar el Método Simplificado para calcular su anualidad tributable porque sus pagos provienen de un plan
calificado y
tiene menos de 75 años de edad. Dado que su anualidad es pagadera durante la vida de más de un pensionista, utiliza su edad
y la de
Marta combinadas y la Tabla 2 que aparece en la parte inferior de la hoja de trabajo para completar la línea 3 de la hoja
de
trabajo. Su hoja de trabajo completa aparece en la Hoja de trabajo 10-A.
La cantidad mensual exenta de impuestos de Guillermo es $100 ($31,000 ÷ 310) como se indica en la línea 4 de la hoja de
trabajo. Al morir Guillermo, si no ha recuperado la totalidad de la inversión de $31,000, Marta también excluirá $100 de su
pago
mensual de $600. La cantidad total de todos los pagos de la anualidad recibidos después de la realización de 310 pagos se
debe incluir
en el ingreso bruto.
Si Guillermo y Marta mueren antes de la realización de 310 pagos, se permitirá una deducción detallada miscelánea por
el costo no recuperado en la declaración del impuesto sobre el ingreso final del último en morir. Esta deducción no está
sujeta al límite del 2% del ingreso bruto ajustado.
Tributación de Pagos no Periódicos
Las distribuciones no periódicas también se conocen como cantidades que no son recibidas como una anualidad. Abarcan todos
los pagos
que no sean pagos periódicos o distribuciones correctivas.
Distribuciones correctivas de aportaciones en exceso hechas a un plan de jubilación.
Normalmente, si las aportaciones hechas para usted durante el año a ciertos planes de jubilación exceden de ciertos
límites,
usted es responsable de pagar impuestos sobre el exceso. Para corregir un exceso, es posible que el plan se lo entregue a
usted (junto con todos los
ingresos devengados sobre el mismo). Para información acerca de los límites sobre aportaciones a un plan de jubilación y
cómo declarar distribuciones correctivas, vea Retirement Plan Contributions (Aportaciones a un Plan de Jubilación), bajo
Employee Compensation (Compensación del Empleado), en la Publicación 525, en inglés.
Cómo calcular el monto sujeto a impuestos de los pagos que no son periódicos.
El método que usted usa para calcular el monto sujeto a impuestos de una distribución no periódica depende de si la
misma se
hace antes de la fecha de inicio de la anualidad, o si se hace en o después de la fecha de inicio de la anualidad. La fecha
de inicio de la
anualidad es el primer día del primer período para el cual usted recibe un pago de anualidad bajo el contrato, o la fecha
en que la
obligación bajo el contrato se convierta en obligación fija, la que ocurra más tarde. Si se hace la distribución antes de
la fecha de inicio de la anualidad, el trato tributario de la misma también depende de si se hace bajo un plan calificado
o plan no calificado
y, si de hecho en el caso de hacerse bajo un plan no calificado, dependerá también de si da fin completamente al contrato,
si se recibe
bajo ciertos seguros de vida o contratos de seguro dotal o si se puede asignar a una cantidad que usted invirtió antes del
14 de agosto de
1982.
Si recibe un pago no periódico procedente de su contrato de anualidad en o después de la fecha de inicio de la anualidad,
generalmente debe incluir la totalidad del mismo en su ingreso bruto.
Si recibe una distribución que no sea periódica antes de la fecha de inicio de la anualidad proveniente de un plan
de
jubilación calificado, generalmente puede asignar sólo una parte de dicha distribución al costo del contrato. Excluya del
ingreso
bruto la parte que asigne al costo. Incluya el resto en su ingreso bruto.
Si recibe una distribución no periódica antes de la fecha de inicio de la anualidad proveniente de un plan que no
sea un plan de
jubilación calificado, por lo general la misma se asigna primero a las ganancias (la parte sujeta a impuestos) y luego al
costo del contrato
(la parte exenta de impuestos). Esta regla de asignación se aplica, por ejemplo, a un contrato de anualidad comercial que
comprase directamente
al emisor.
Para más información, vea Figuring the Taxable Amount (Cómo Calcular el Monto Tributable), bajo Taxation of
Nonperiodic Payments (Tributación de Pagos no Periódicos), en la Publicación 575, en inglés.
Distribuciones de Suma Global
Una distribución de suma global es la distribución o el pago, en un año tributario, del saldo total de un participante de
un
plan en el caso de todos los planes calificados del empleador del mismo tipo (por ejemplo, planes de pensiones, de participación
en las
ganancias o de bonificación de acciones). Una distribución de un plan no calificado (como una anualidad comercial de compra
privada o un
plan de compensación diferida de la sección 457 de un gobierno estatal o local o de una organización exenta de impuestos)
no se
puede calificar como una distribución de suma global.
El saldo total de un participante de un plan no incluye ciertas cantidades renunciadas. Tampoco incluye las aportaciones del
empleado voluntarias
deducibles permitidas por el plan después de 1981 y antes de 1987. Para obtener más información acerca de las distribuciones
que
no califican como distribuciones de sumas globales, consulte Distributions that do not qualify (Distribuciones que no califican) bajo
Lump-Sum Distributions (Distribuciones de Suma Global) en la Publicación 575, en inglés.
Si recibe una distribución de una suma global de un plan de empleado calificado o anualidad de empleado calificada y el participante
del
plan nació antes del 2 de enero de 1936, tal vez pueda elegir métodos alternativos de cálculo del impuesto sobre la
distribución. La parte de la participación activa en el plan antes de 1974 podría calificar como ganancia de capital sujeta
a una
tasa de impuesto del 20%. La parte de la participación después de 1973 (y cualquier parte de participación antes de 1974 que
no
declare como ganancia de capital) constituye ingreso ordinario. Tal vez pueda usar la opción de impuesto de 10 años, la cual
se explica
más adelante, para calcular el impuesto sobre la parte del ingreso ordinario.
Use el Formulario 4972 para calcular el impuesto separado sobre una distribución de suma global
mediante los métodos opcionales. El impuesto calculado en el Formulario 4972 se suma al impuesto regular calculado en el otro
ingreso. Esto
puede dar origen a un impuesto menor que el que usted pagaría si incluye la cantidad tributable de la distribución como ingreso
ordinario al calcular el impuesto regular.
Cómo tratar la distribución.
Si recibe una distribución de suma global, podría tener las siguientes opciones para tratar la parte tributable:
-
Declare la parte de la distribución de participación antes de 1974 como ganancia de capital (si reúne los requisitos) y
la parte de participación después de 1973 como ingreso ordinario.
-
Declare la parte de la distribución de participación antes de 1974 como ganancia de capital (si reúne los requisitos) y
use la opción de impuesto de 10 años para calcular el impuesto sobre la parte de participación después de 1973 (si
reúne los requisitos).
-
Use la opción de impuesto de 10 años para calcular el impuesto sobre la cantidad tributable total (si reúne los
requisitos).
-
Reinvierta toda o parte de la distribución. Consulte Reinversiones, más adelante. Actualmente no se adeudan
impuestos sobre la parte reinvertida. Declare toda parte no reinvertida como ingreso ordinario.
-
Declare toda la parte tributable de la distribución como ingreso ordinario en la declaración de impuestos.
Las tres primeras opciones se explican en los siguientes párrafos.
Opción del trato de suma global.
Puede decidir usar la opción de impuesto de 10 años o el trato de ganancia de capital solamente una vez después de
1986 para
cualquier participante de un plan. Si opta por esta alternativa, no puede usar ninguno de estos tratos opcionales para futuras
distribuciones para el
participante.
Partes sujetas a impuestos y exentas de impuestos de la distribución.
La parte sujeta a impuestos de una distribución de suma
global corresponde a las aportaciones del empleador y al ingreso ganado en su cuenta. Puede recuperar el costo de la suma
global y cualquier
revalorización neta no realizada (conocida por sus siglas en inglés, NUA) en los valores exentos de impuestos del empleador.
Costo.
En general, el costo es el total de:
-
Las aportaciones no deducibles del participante del plan al plan,
-
Los costos tributables del participante del plan de algún contrato de seguro de vida pagado,
-
Todas las aportaciones del empleador que eran tributables para el participante del plan y
-
Reembolsos de préstamos que hayan sido tributables para el participante del plan.
Debe descontar de este costo las cantidades previamente pagadas exentas de impuestos.
Revalorización neta no realizada (conocida por sus siglas en inglés, NUA).
Por lo general, la NUA en los valores del empleador (recuadro 6 del Formulario 1099-R) recibida como parte de una distribución de
suma global está exenta de impuestos hasta que usted venda o intercambie los valores. (Para obtener más información, consulte
Distributions of employer securities (Distribuciones de valores del empleador) bajo Taxation of Nonperiodic Payments
(Tributación de Pagos no Periódicos), en la Publicación 575, en inglés).
Trato de Ganancias de Capital
El trato de ganancias de capital solamente se aplica a la parte tributable de una distribución de suma global originada por
la
participación en el plan antes de 1974. La cantidad tratada como ganancia de capital se grava a una tasa del 20%. Puede elegir
este trato
solamente una vez para un participante de un plan y sólo si éste nació antes del 2 de enero de 1936.
Complete la Parte II del Formulario 4972 para elegir la opción de ganancia de capital del 20%. Para obtener más información,
consulte Capital Gain Treatment (Trato de Ganancias de Capital) bajo Lump-Sum Distributions (Distribuciones de Suma Global), en
la Publicación 575, en inglés.
Opción de Impuesto de 10 Años
La opción de impuesto de 10 años es una fórmula especial que se usa para calcular un impuesto separado sobre la parte de
ingresos ordinarios de una distribución de suma global. Usted paga el impuesto solamente una vez, para el año en que recibe
la
distribución, y no durante los siguientes 10 años. Puede elegir este trato solamente una vez para un participante de un plan
y
sólo si éste nació antes del 2 de enero de 1936.
La parte de ingresos ordinarios de la distribución corresponde a la cantidad que se indica en el recuadro 2a del Formulario
1099-R que le
entregó el pagador, menos la cantidad, si la hay, que se indica en el recuadro 3. También puede tratar la parte de la ganancia
de
capital de la distribución (recuadro 3 del Formulario 1099-R) como ingreso ordinario para la opción de impuesto de 10 años
si no
elige el trato de ganancia de capital para esa parte.
Complete la Parte III del Formulario 4972 para elegir la opción de impuesto de 10 años. Para calcular el impuesto, debe usar
las
Tarifas del Impuesto (Tax Rate Schedule) especiales que se indican en las instrucciones de la Parte III. La Publicación 575, en
inglés, ilustra cómo completar el Formulario 4972 para calcular el impuesto separado.
Si retira dinero en efectivo u otros activos de un plan de jubilación calificado en una distribución con derecho a
reinversión, puede diferir el impuesto sobre la distribución al reinvertirla en otro plan de jubilación calificado o cuenta
IRA tradicional.
Para este fin, los siguientes son planes de jubilación calificados:
-
Un plan de empleado calificado.
-
Una anualidad de empleado calificada.
-
Un plan de anualidad con refugio tributario (plan 403(b)).
-
Un plan de compensación diferida de la sección 457 del gobierno estatal o local.
Vea Rollovers to Roth IRAs (Reinversiones en Cuentas de Ahorros Individuales para la Jubilación Roth (Roth IRA)) bajo
Rollovers (Reinversiones) en la Publicación 575, en inglés, para más información sobre las reinversiones hechas
de un plan de jubilación calificado a una cuenta Roth IRA después del año 2007.
Cuándo hacer la reinversión.
Generalmente, debe completar la reinversión a más tardar 60 días después del día en que reciba la
distribución del plan de su empleador. (Este período de 60 días se amplía por el período durante el cual la
distribución se encuentre en un depósito congelado en una institución financiera). Para todas las reinversiones a una cuenta
IRA, debe elegir irrevocablemente el trato de reinversión mediante notificación por escrito al fiduciario o emisor de la
cuenta IRA.
El IRS puede retirar el requisito de 60 días si la aplicación de dicho requisito fuera contrario a un trato de igualdad o
de buena conciencia, como en el caso de un hecho fortuito, desastre u otro evento fuera de un control razonable.
Distribuciones con derecho a reinversión.
Generalmente, una distribución con derecho a reinversión es toda distribución del total, o de alguna parte, del saldo
a su
favor en un plan de jubilación calificado. Para información sobre excepciones a las distribuciones con derecho a reinversión,
vea
la Publicación 575, en inglés.
Reinversión de cantidades no tributables.
Tal vez usted pueda reinvertir la parte no tributable de una distribución (como sus aportaciones después de los impuestos)
realizada
en otro plan de jubilación calificado que no sea un plan de empleado calificado o plan bajo la sección 403(b), o en una cuenta
IRA tradicional. El traspaso se debe efectuar mediante una reinversión directa a un plan calificado o a un plan bajo la
sección 403(b) que considere en forma separada las partes tributables y no tributables de la reinversión o a través de una
reinversión en una cuenta IRA tradicional.
Si solamente reinvierte parte de una distribución que incluya cantidades tributables y no tributables, la cantidad
reinvertida se trata como
si proviniera primero de la parte tributable de la distribución.
Cuentas designadas Roth.
Puede reinvertir una distribución de reinversión, si ésta reúne los requisitos, de una cuenta designada Roth
sólo a otra cuenta designada Roth o a una cuenta Roth IRA. Si desea reinvertir la parte de la distribución que no
se incluya en los ingresos, debe hacer una reinversión directa de la distribución en su totalidad o puede reinvertir la cantidad
entera
(o cualquier parte de la misma) a una cuenta Roth IRA. Para más información sobre las reinversiones de cuentas designadas
Roth, vea la Publicación 575, en inglés.
Opción de reinversión directa.
Puede elegir que se pague una parte o el total de una distribución con derecho a reinversión directamente a otro plan
calificado (si
está permitido) o a una cuenta tradicional IRA. Si se decide por una reinversión, suele convenir elegir la opción de
reinversión directa. Conforme a esta opción, el administrador del plan no retendría impuestos de ninguna parte de la
distribución que sea directamente pagada al otro plan.
Retención de impuestos.
Si decide que la totalidad de la distribución, o alguna parte de la misma se le pague a usted, ésta es tributable
en el año en
que se paga, a menos que la reinvierta en otro plan calificado o cuenta IRA tradicional dentro de 60 días. El administrador del plan
debe retener impuestos sobre el ingreso de un 20% de la cantidad de la distribución que se le pagó a usted. (Consulte Pensiones y
Anualidades bajo Retención en el capítulo 4).
Si decide reinvertir una cantidad igual a la distribución antes de la retención, su aportación al nuevo plan o cuenta
IRA debe incluir otro dinero (por ejemplo, de ahorros o cantidades obtenidas en préstamo) para reemplazar la cantidad retenida.
El administrador debe entregarle a usted una explicación por escrito de sus opciones de distribución dentro de un
período
razonable antes de realizar una distribución con derecho a reinversión.
Reinversión por parte del cónyuge sobreviviente.
Tal vez pueda reinvertir, exenta de impuestos, la totalidad o parte de una distribución de un plan de jubilación calificado
que
reciba como cónyuge sobreviviente de un empleado fallecido. Las reglas de reinversión se le aplican como si usted fuese el
empleado.
Puede reinvertir una distribución en un plan de jubilación calificado o a una cuenta IRA tradicional.
Una distribución pagada a un beneficiario distinto al cónyuge
sobreviviente del empleado no suele ser una distribución con derecho a reinversión. No obstante, vea Reinversiones por parte de un
beneficiario que no sea el cónyuge, más adelante.
Reinversiones por parte de un beneficiario que no sea el cónyuge.
Si es beneficiario designado (que no sea el cónyuge sobreviviente) de un empleado fallecido, quizás pueda reinvertir,
exenta de
impuestos, la totalidad o parte de una distribución que reciba de un plan de jubilación calificado del empleado. La distribución
debe ser un traspaso directo de fideicomisario a fideicomisario a su cuenta IRA establecida para recibir dicha distribución. El
traspaso se considerará una distribución con derecho a reinversión y el plan que la recibe se considerará una cuenta
IRA heredada. Para más información sobre las cuentas IRA heredadas, vea la Publicación 590, en
inglés.
Orden de relaciones domésticas calificadas (conocida por sus siglas en inglés, QDRO).
Tal vez pueda reinvertir, exenta de impuestos, la totalidad o parte de una distribución de un plan de jubilación calificado
que
reciba conforme a una orden de relaciones domésticas calificadas. Si recibe la distribución como cónyuge o ex cónyuge de
un empleado (no como beneficiario que no es cónyuge), se aplican a su caso las reglas de reinversión como si usted fuese el
empleado.
Puede reinvertir la distribución del plan en una cuenta IRA tradicional o en otro plan de jubilación que reúna las
condiciones. Consulte la Publicación 575, en inglés, para obtener más información acerca de los beneficios recibidos
conforme a una QDRO.
Bonos de jubilación.
Si rescata un bono de jubilación obtenido bajo un plan de compra de bonos calificado, puede diferir el impuesto sobre
la cantidad recibida
que exceda de su base al reinvertirla en una cuenta IRA, como se describe en la Publicación 590, en inglés, o en un plan de
empleador calificado.
Información adicional.
Para más información sobre las reglas relativas a la reinversión de distribuciones, vea la Publicación 575, en
inglés.
Impuestos Adicionales Especiales
Para desalentar el uso de fondos de pensiones para fines que no sean los de la jubilación normal, la ley impone impuestos
adicionales sobre
distribuciones prematuras de aquellos fondos y en aquellos casos en que los fondos no se retiran a tiempo. Por lo general,
usted no estará
sujeto a estos impuestos si reinvierte toda distribución prematura que reciba, como se explica anteriormente, y comienza a
sacar los fondos a
una edad de jubilación normal, en cantidades razonables durante su expectativa de vida. Estos impuestos adicionales especiales
son impuestos
sobre:
Estos impuestos se explican en las siguientes secciones.
Si debe pagar alguno de estos impuestos, declárelo en el
Formulario 5329. Sin embargo, usted no tiene que presentar el Formulario 5329 si adeuda solamente el impuesto sobre distribuciones
prematuras y su
Formulario 1099-R indica correctamente un “1” en el recuadro 7. En su lugar, anote el 10% de la parte tributable de la distribución en la
línea 60 del Formulario 1040 y escriba “No” bajo el título “Other Taxes” (Otros Impuestos) a la
izquierda de la línea 60 .
Aun si no debe estos impuestos, es posible que tenga que
completar el Formulario 5329 y adjuntarlo al Formulario 1040. Esto corresponde si se cumple una excepción al impuesto sobre
distribuciones
prematuras pero el recuadro 7 de su Formulario 1099-R no indica una excepción.
Impuesto sobre Distribuciones Prematuras
La mayoría de las distribuciones (periódicas y no periódicas) de planes de jubilación calificados y contratos de
anualidad no calificados pagadas a usted antes de cumplir 59 años y medio de edad está sujeta a un impuesto adicional del
10%. Este
impuesto se aplica a la parte de la distribución que usted debe incluir en el ingreso bruto.
Para este fin, un plan de jubilación calificado es:
-
Un plan de empleado calificado,
-
Un plan de anualidad de empleado calificado,
-
Un plan de anualidad con refugio tributario o
-
Un plan de compensación diferida de la sección 457 del gobierno estatal o local (en la medida en que alguna
distribución sea atribuible a las cantidades que recibió el plan en un traspaso directo o reinversión de uno de los otros
planes
que se indican aquí o de una cuenta IRA).
Tasa del 5% en ciertas distribuciones prematuras de contratos de anualidad diferida.
Si un retiro prematuro de una anualidad diferida está sujeto al impuesto adicional del 10%, en su lugar se podría
aplicar una tasa de
un 5%. La tasa del 5% se aplica a distribuciones conforme a una elección por escrito que estipule un programa específico para
la
distribución de su participación en el contrato si, al 1 de marzo de 1986, usted había comenzado a recibir pagos conforme
a su
elección. En la línea 4 del Formulario 5329, en inglés, multiplique la cantidad de la línea 3 por el 5% en
lugar del 10%. Adjunte una explicación a su declaración.
Excepciones a los impuestos.
Ciertas distribuciones prematuras se excluyen del impuesto de
distribución prematura. Si el pagador sabe que se aplica una excepción a la distribución prematura, el código de
distribución “ 2,” “ 3” ó “ 4” debe aparecer en el recuadro 7 del Formulario 1099-R y usted no tiene que declarar la
distribución en el Formulario 5329. Si corresponde una excepción, pero el código de distribución “ 1”
(distribución prematura, no se conoce excepción) aparece en el recuadro 7, debe presentar el Formulario 5329. Anote la cantidad
tributable de la distribución que aparece en el recuadro 2a del Formulario 1099-R en la línea 1 del Formulario 5329. En la
línea 2 , anote la cantidad que se puede excluir y el número de excepción que aparece en las instrucciones del
Formulario 5329.
Si el código de distribución “ 1” aparece
incorrectamente en el Formulario 1099-R para una distribución recibida cuando tenía 59 años y medio de edad o más, incluya
esa distribución en el Formulario 5329. Anote el número de la excepción “ 12” en la línea 2.
Excepciones generales.
El impuesto no se aplica a distribuciones que:
-
Se realizan como parte de una serie de pagos periódicos básicamente iguales (efectuados como mínimo una vez al
año) durante su vida (o expectativa de vida) o las vidas conjuntas (o expectativas de vida conjuntas) de usted y su beneficiario
designado (si
los pagos provienen de un plan de jubilación calificado, deben comenzar después de su retirada del servicio),
-
Se realizan porque usted se encuentra total o parcialmente incapacitado o
-
Se realizan al momento de la muerte del participante del plan o tenedor del contrato o después de la muerte.
Excepciones adicionales para planes de jubilación calificados.
El impuesto no se aplica a distribuciones provenientes de:
-
Un plan de jubilación calificado (que no sea una cuenta IRA) después de retirarse del servicio durante o
después del año en que cumplió 55 años de edad (50 años de edad para empleados calificados del sector de la
seguridad pública),
-
Un plan de jubilación calificado (que no sea una cuenta IRA) a un beneficiario alternativo conforme a una orden de
relaciones domésticas calificadas,
-
Un plan de jubilación calificado en la medida en que usted tenga gastos médicos deducibles (gastos médicos superiores
al 7.5% de su ingreso bruto ajustado), ya sea si detalla o no sus deducciones para el año,
-
Un plan de empleador conforme a una elección por escrito que estipule un programa específico para la distribución de la
totalidad de su participación si, al 1 de marzo de 1986, usted se había retirado del servicio y había comenzado a recibir
pagos
conforme a su elección,
-
Un plan de acciones de propiedad de los empleados en el caso de dividendos de valores del empleador que están administrados
por el
plan,
-
Un plan de jubilación calificado debido a un embargo del plan por parte del IRS o
-
Cuentas de aplazamientos electivos bajo planes 401(k) o 403(b), o planes similares, que sean distribuciones para ciudadanos
en reserva
militar que reúnan las condiciones.
Distribuciones para ciudadanos en reserva militar que reúnan los requisitos.
Una distribución para ciudadanos en reserva militar que reúnan los requisitos no está sujeta al impuesto adicional
sobre
distribuciones prematuras. Una distribución para ciudadanos en reserva militar que reúnan los requisitos es una distribución:
(a)
de aplazamientos electivos bajo un plan de la sección 401(k) o 403(b), (b) hecha a una persona que recibe órdenes o se la
llama a
prestar servicio activo (por ser miembro de una unidad reservista) durante un período de más de 179 días o por tiempo indefinido
y (c) hecha durante el período que comienza en la fecha de la orden o llamada y que termina al final del período de servicio
activo. La
orden o llamada a prestar servicio activo debe ocurrir después del 11 de septiembre de 2001 y antes del 31 de diciembre de
2007. Para
más información, vea la Publicación 575, en inglés.
Excepciones adicionales para contratos de anualidad no calificados.
El impuesto no se aplica a distribuciones provenientes de:
-
Un contrato de anualidad diferida en la medida que sea asignable a la inversión en el contrato antes del 14 de agosto de 1982,
-
Un contrato de anualidad diferida conforme a una liquidación por lesión personal calificada,
-
Un contrato de anualidad diferida comprado por su empleador al finalizar un plan de empleado calificado o un plan de anualidad
de empleado
calificado y retenido por su empleador hasta su retirada del servicio o
-
Un contrato de anualidad inmediata (un contrato de prima única que provee pagos de anualidad básicamente iguales que comienzan
dentro de un año de la fecha de compra y se pagan una vez al año como mínimo).
Impuesto sobre Acumulación en Exceso
Para garantizar que la mayoría de sus beneficios de jubilación se le paguen durante su vida, y no a sus beneficiarios después
de su muerte, los pagos que usted reciba de planes de jubilación calificados deben comenzar a más tardar en la fecha obligatoria
de
inicio (que se define a continuación). Los pagos cada año no pueden ser menores que la distribución mínima requerida.
Fecha de inicio obligatoria.
A menos que se aplique la regla para propietarios del 5%, debe comenzar a recibir distribuciones de su plan de jubilación
calificado a
más tardar el 1 de abril del año siguiente a uno de los siguientes eventos, el que ocurra más tarde:
Sin embargo, es posible que su plan requiera que usted comience a recibir distribuciones a más tardar el 1 de abril del año
siguiente al año en que cumpla 70 años y medio de edad, aunque no se haya jubilado.
Para este fin, un plan de jubilación calificado incluye:
-
Un plan de empleado calificado,
-
Un plan de anualidad de empleado calificado,
-
Un plan de compensación diferida de la sección 457 o
-
Un plan de anualidad con refugio tributario (para beneficios que se acumulan después de 1986).
70 años y medio de edad.
Se cumplen 70 años y medio de edad exactamente 6 meses calendarios después de la fecha del cumpleaños número 70.
Por ejemplo, si se jubiló y su cumpleaños número 70 fue el 30 de junio del año 2007, usted tenía 70 años
y medio de edad el 30 de diciembre del año 2007. Si su cumpleaños número 70 fue el 1 de julio del año 2007, usted
cumplió 70 años y medio de edad el 1 de enero del año 2008.
Propietarios del 5%.
Si es propietario del 5% de la compañía que mantiene su plan de jubilación calificado, debe comenzar a recibir distribuciones
a más tardar el 1 de abril del año calendario siguiente al año en que cumpla 70 años y medio de edad, independientemente
de la fecha en que se jubile.
Distribuciones obligatorias.
En la fecha de inicio obligatoria, como se explica anteriormente, usted debe:
-
Recibir la totalidad de su participación en el plan (para una anualidad con refugio tributario, la totalidad de su beneficio
que se
acumule después de 1986), o
-
Comenzar a recibir distribuciones periódicas en cantidades anuales calculadas para repartir la totalidad de su participación
(para una anualidad con refugio tributario, la totalidad de su beneficio que se acumule después de 1986) durante su vida o
expectativa de vida
o durante las vidas conjuntas o expectativas de vidas conjuntas de usted y un beneficiario designado (o durante un período
menor).
Información adicional.
Para obtener más información acerca de esta regla, consulte Tax on Excess Accumulation (Impuesto sobre Acumulación
en Exceso) en la Publicación 575, en inglés.
Distribuciones obligatorias no realizadas.
Si las distribuciones que recibe en cualquier año son menos de la distribución mínima obligatoria, está sujeto a un
impuesto adicional sobre artículos de uso y consumo. El impuesto equivale al 50% de la parte de la distribución mínima
obligatoria que no se distribuyó. Puede obtener la exención de este impuesto sobre artículos de uso y consumo si demuestra
que el
déficit en las distribuciones se debió a un error razonable y que usted está tomando las medidas necesarias para darle
solución. Vea las instrucciones del Formulario 5329 para el procedimiento a seguir si cree poder reunir los requisitos para
ser eximido de este
impuesto.
Procedimientos por morosidad del asegurador estatal.
Es posible que no reciba la distribución mínima si tiene bienes invertidos en un contrato emitido por una compañia
de seguros
que se encuentre en procedimientos del asegurador estatal por morosidad. Si sus pagos disminuyen por debajo del mínimo debido
a estos
procedimientos, debe comunicarse con el administrador de su plan. En ciertas condiciones, no tendrá que pagar el impuesto
sobre
artículos de uso y consumo.
Formulario 5329.
Debe presentar el Formulario 5329 si adeuda un impuesto debido a que no recibió una distribución mínima obligatoria
de su plan
de jubilación calificado.
Si recibe una anualidad de sobreviviente debido a la muerte de un jubilado que ha declarado la anualidad conforme a la Regla
de los Tres
Años y ha recuperado la totalidad del costo exenta de impuestos, incluya el total recibido en los ingresos.
Si el jubilado declaraba los pagos de anualidad conforme a la Regla General, usted
tendrá que aplicar el mismo porcentaje de exclusión a su pago inicial de anualidad de sobreviviente estipulado en el contrato.
Entonces,
la cantidad exenta de impuestos resultante se mantendrá fija. Todo aumento en la anualidad del sobreviviente es íntegramente
tributable.
Si el jubilado declaraba los pagos de anualidad conforme al Método Simplificado, la
parte de cada pago que está exenta de impuestos es la misma que la cantidad exenta de impuestos calculada por el jubilado
en la fecha de inicio
de la anualidad. Esta cantidad no varía incluso si aumentan o disminuyen los pagos de anualidad. Consulte Método
Simplificado, anteriormente.
En todo caso, si la fecha de inicio de la anualidad es después de 1986, el total de la exclusión a lo largo de los años no
puede ser mayor al costo.
Si es el sobreviviente de un empleado, o antiguo empleado, que murió antes de tener derecho a los pagos de anualidad, usted
debe calcular
las partes tributables y exentas de impuestos de sus pagos de anualidad mediante el método que corresponda como si usted fuese
el empleado.
Deducción del impuesto sobre la herencia.
Si su anualidad era una anualidad conjunta y de sobreviviente que se incluía en la herencia de un difunto, es posible
que se haya pagado un
impuesto sobre la herencia. Usted puede deducir, como una deducción detallada miscelánea, la parte del impuesto total sobre
la herencia
que se basó en la anualidad. Esta deducción no está sujeta al límite del 2% del ingreso bruto ajustado. El pensionista
fallecido tiene que haber muerto después de la fecha de inicio de la anualidad. (Para obtener detalles, consulte la sección
1.691(d)-1
del reglamento). Esta cantidad no se puede deducir en un año. Se debe deducir en cantidades iguales durante su expectativa
de vida prevista.
Si el difunto falleció antes de la fecha de inicio de la anualidad de un contrato de anualidad diferida y usted recibe
prestaciones por
fallecimiento bajo dicho contrato, la cantidad que reciba (ya sea en suma global o en pagos periódicos) que sea superior al
costo del difunto
se incluye en su ingreso bruto como ingreso respecto a un difunto por el cual usted podría reclamar una deducción del impuesto
sobre la
herencia.
Vea la Publicación 559, Survivors, Executors, and Administrators (Sobrevivientes, Albaceas y Administradores), en inglés,
para más información sobre la deducción del impuesto sobre la herencia.
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