Instrucciones Específicas
                           
                         
                      
                      
                   
                  
This is archived information that pertains only to the 2006 Tax Year. If you
are looking for information for the current tax year, go to the Tax Prep Help Area.
                  Los patronos o empleadores puertorriqueños de empleados agrícolas no están obligados a completar las líneas
                     6, 10 y 11 de la Forma 943-PR.
                     
                  
                  Línea 1—Número de empleados agrícolas durante el período de nómina en el que cayó el 12 de marzo del 2006.
                             No incluya en este número: jubilados o retirados; miembros de las Fuerzas Armadas; personas que no recibieron salarios
                     durante el
                     período de nómina; ni empleados domésticos que trabajaban en su residencia privada, si ésta está localizada fuera
                     de una finca.
                     
                     
                   
                  Una anotación de 250 ó más en la línea 1 quiere decir que usted debe radicar sus Formas 499R-2/W-2PR usando
                     medios electrónicos. Llame a la SSA al 1-800-772-6270 ó acceda a la página de la SSA en la
                     Internet en www.socialsecurity.gov/employer, para mayor información sobre los requisitos para radicar planillas usando
                     medios electrónicos.
                     
                  
                  Línea 2—Total de salarios sujetos a la contribución para el seguro social. 
                             Anote el total de salarios sujetos a la contribución al seguro social que usted pagó a sus empleados en efectivo por
                     labores
                     agrícolas durante el año natural (calendario). Informe los salarios en su totalidad, antes de descontar las contribuciones.
                     Los
                     
salarios pagados en efectivo incluyen moneda en papel, cheques, giros, etc. No incluya: 
(a) el valor de remuneración en
                     especie, como cuarto y comida, ni 
(b) compensación por servicios que no hayan sido labor agrícola, ni 
(c)
                     cantidades pagadas a empleados que no hayan reunido las condiciones de $150 al año ó $2,500 al año. (Vea el apartado 
7
                     de la Publicación 179 (Circular PR), para más detalles.) Deje de reportar el total de los salarios en efectivo sujetos a las
                     contribuciones al seguro social cuando los mismos lleguen a ser $94,200 para el 2006.
                     
                     
                   
                  Línea 3—Contribución al seguro social.
                             Multiplique el total de salarios en efectivo (línea 
2) por el 12.4%.
                     
                     
                             Si pagó a un(a) empleado(a) salarios tributables por servicios que no hayan sido agrícolas, no los informe en la Forma
                     943-PR. En ese
                     caso use la Forma 941-PR, Planilla para la Declaración Federal TRIMESTRAL del Patrono, o la Forma 944-PR, Planilla para la
                     Declaración
                     Federal ANUAL del Patrono. Las contribuciones se aplican solamente a los primeros $94,200 de salarios tributables que usted
                     pagó a un(a)
                     empleado(a) durante el 2006, sin importar la clase de servicios prestados.
                     
                     
                   
                  Línea 4—Total de salarios sujetos a la contribución Medicare.
                             Anote aquí el total de los salarios sujetos a la contribución Medicare en efectivo que usted pagó a todos sus empleados
                     por
                     labores agrícolas durante el año calendario. Anote la cantidad total, antes de descontar las contribuciones. No incluya: 
(a)
                     el valor de remuneración en especie, como cuarto y comida, ni 
(b) paga por servicios que no hayan sido labor agrícola, ni
                     
(c) cantidades pagadas a empleados que no hayan reunido las condiciones de $150 al año ó $2,500 al año. No hay
                     límite sobre la cantidad total de salarios sujetos a la contribución Medicare.
                     
                     
                   
                  Línea 8—Ajuste a las contribuciones.
                             Use la línea 
8 para:
                     
                     
Vea el apartado 
12 de la Publicación 179 (Circular PR). Asegúrese de poner cualquier número negativo
                     
(dismunición) anotado en la línea 
8 usando un signo menos (si es posible); esto indica una reducción a las
                     cantidades reportadas en las líneas 
3 y 
5.
                     
                     
                     Fracciones de centavos.
                                Si hay una pequeña diferencia entre las cantidades de la línea 
3 y de la línea 
5, dicha diferencia
                        pudiera haber resultado de redondear las cantidades cada vez que usted computó la nómina. Este redondeo ocurre al determinar
                        la cantidad
                        de contribuciones al seguro social y al Medicare que usted debe retenerle a cada empleado(a) suyo(a). Vea la Publicación 179
                        (Circular PR) para
                        más detalles. Si éste es el único ajuste que anota en la línea 
8, escriba “
Fracciones Solamente” en el
                        margen.
                        
                        
                      
                     Ajustes de un año anterior.
                                Entre los ajustes de un año anterior están los errores cometidos al reportar las contribuciones al seguro social y
                        Medicare en
                        planillas radicadas anteriormente. Si reporta un pago en exceso y, además, un pago incompleto, anote solamente la diferencia
                        entre ambos.
                        
                        
                                Porque cualquier cantidad en la línea 
8 o aumenta o disminuye su obligación contributiva, tal ajuste deberá
                        incluirse en el 
Registro mensual de la obligación contributiva en la Forma 943-PR o la Forma 943A-PR, Registro de la
                        Obligación Contributiva Federal del Patrono Agrícola. Incluya el ajuste en la porción del registro que corresponde a la fecha
                        en
                        que se halló el error.
                        
                        
                                Explique cualquier ajuste que corresponda a un año anterior que usted reporte en la Forma 941cPR, Planilla para la
                        Corrección de
                        Información Facilitada Anteriormente en Cumplimiento con la Ley del Seguro Social y del Seguro Medicare, o incluya en una
                        declaración
                        aparte que contiene la misma información. Anote en la Forma 941cPR o en la declaración semejante el total de los sueldos y
                        salarios
                        pagados a todos sus empleados e informados anteriormente y el total de los sueldos y salarios corregidos.
                        
                        
                                Si usted radicó una Forma 943-PR en la cual omitió o reportó incorrectamente salarios pagados a sus empleados, envíe
                        una Forma 941cPR o una declaración escrita en la que indique la cantidad de salarios que reportó anteriormente y la cantidad
                        correcta
                        que debió haber reportado. Debido a que la 
SSA usa la Forma 499R-2/W-2PR para acreditar la contribución de los empleados,
                        prepare una Forma 499R-2c/W-2cPR para hacer cualquier corrección. Envíe el 
Original a la 
SSA junto con la Forma
                        W-3cPR. Entregue las Copias B y C de la Forma 499R-2c/W-2cPR a los empleados afectados por la corrección. Puede obtener las
                        Formas 941cPR y
                        W-3cPR, Transmisión de Comprobantes de Retención Corregidos, poniéndose en contacto con la oficina del 
IRS o llamando
                        al 1-800-829-3676. Comuníquese con el Departamento de Hacienda de Puerto Rico para obtener las Formas 499R-2c/W-2cPR.
                        
                        
                      
                             Aviso: No envíe la Forma 941cPR (u otro documento por el estilo) por separado. Inclúyala 
siempre con
                     la Forma 943-PR.
                     
                     
                   
                  Línea 9—Total de las contribuciones federales.
                             Combine las líneas 
7 y 
8. Anote el resultado en la línea 
9.
                     
                     
                   
                  Línea 12—Total de depósitos.
                             Anote la cantidad total de depósitos hechos durante el año según indicados en sus récords. Incluya también
                     cualquier pago excesivo que se haya acreditado de su Forma 943-PR del 2005.
                     
                     
                   
                  Línea 13—Balance pendiente de pago.
                             Usted deberá tener un balance pendiente de pago solamente si su obligación contributiva total (neta) para el año (línea
                     
9) es menos de $2,500.
                     
                     
                   
                  Excepción:
                             El balance pendiente de pago puede ser de $2,500 ó más si usted está efectuando pagos de acuerdo a la 
Regla de exactitud
                           de los depósitos, la cual se explica en el apartado 
11 de la Publicación 179 (Circular PR). Si la línea
                     
9 es $2,500 ó más y usted hizo todos los depósitos a su debido tiempo, la cantidad indicada en la línea
                     
13 (balance pendiente de pago) deberá ser cero.
                     
                     
                   
                  Línea 14 (cantidad depositada de más).
                             Si usted depositó más de la cantidad correcta de depositar para el año, puede optar por recibirla como reembolso o
                     por
                     aplicarla a su planilla de contribución para el próximo año.
                     
                     
                   
                  Aviso:
                             Si la cantidad de la línea 
14 es menos de $1, le enviaremos un reembolso por la misma o se la aplicaremos a su próxima
                     planilla de contribución, únicamente si usted así lo solicita por escrito.
                     
                     
                   
                  Registro mensual de la obligación contributiva.
                             Aviso: Este es un registro de su obligación contributiva para el año: 
no es un registro de los depósitos
                     que usted haya hecho. Si la línea 
9 es menos de $2,500, 
no complete este registro, ni la Forma 943A-PR.
                     
                     
                             Complete este registro únicamente si usted era un(a) 
depositante de itinerario mensual durante todo el año y la cantidad
                     de la línea 
9 es de $2,500 ó más. Vea el apartado 
11 de la Publicación 179 (Circular PR) para
                     más información sobre las reglas de depósito.
                     
                     
                             Precaución: Si usted era un(a) 
depositante de itinerario bisemanal durante cualquier parte del año, no llene
                     este registro. En vez de eso, llene la Forma 943A-PR.
                     
                     
                     Cómo reportar ajustes en el resumen.
                                Si un ajuste neto para cualquier mes es negativo (por ejemplo, se corrige una obligación contributiva reportada de
                        más para un
                        período anterior) y el mismo excede de la obligación contributiva total para el mes, por favor, no anote la cantidad en forma
                        negativa
                        para el mes. En vez de eso, anote “
-0-” (cero) para el mes y lleve la porción no usada del ajuste al mes siguiente.
                        
                        
                                Por ejemplo, Granja Pino Fino descubrió el 6 de febrero del 2006 que había reportado de más su contribución al seguro
                        social en su Forma 943-PR del 2005; esta cantidad fue de $2,500. Las contribuciones reportadas en la Forma 943-PR para los
                        tres primeros meses del
                        2006 son las siguientes: enero—$2,000; febrero—$2,000; marzo—$2,000. Granja Pino Fino deberá completar el registro de la
                        manera siguiente: anota “
2,000” en la línea 
A; “
-0-” en la línea 
B; y “
1,500” en la línea
                        
C.
                        
                        
                                El ajuste correspondiente al período contributivo anterior ($2,500) desplaza la obligación de $2,000 correspondiente
                        a febrero y el
                        remanente de $500 deberá ser usado para desplazar la obligación correspondiente a marzo. El error no afecta la obligación
                        contributiva reportada para enero ya que no se descubrió hasta febrero.
                        
                        
                      
                   
                  Tercero Autorizado.
                             Si usted desea autorizar a cualquier individuo, corporación, empresa, organización o sociedad colectiva 
(partnership) para
                     que el (la) mismo(a) discuta su Forma 943-PR del 2006 con el 
IRS, marque el encasillado 
Sí en la sección de la
                     planilla que dice 
Tercero Autorizado. Además, anote el nombre, número de teléfono y los cinco números que el
                     individuo haya indicado como su número de identificación personal (
PIN, siglas en inglés). La autorización se
                     aplica únicamente a la planilla de contribución en la que se manifiesta.
                     
                     
                             Al marcar el encasillado 
Sí, usted le autoriza al 
IRS para que llame al (a la) tercero(a) designado(a) a fin de
                     solicitarle respuestas a preguntas y dudas relacionadas con la información reportada en su planilla de contribución. Además,
                     usted le permite a la persona designada que haga lo siguiente:
                     
                     
                        
                           - 
                              Intercambiar información relacionada con su planilla con el IRS y
                               
- 
                              Solicitar y recibir información por escrito relacionada con su planilla, incluyendo fotocopias de notificaciones específicas,
                                 correspondencia y trasuntos (apógrafos) de su cuenta contributiva.
                               
 
                     
                     
                             Usted no le autoriza a la persona designada a recibir cualquier cheque de reembolso a que usted tenga derecho a recibir,
                     ni obligarle a
                     ningún compromiso (por ejemplo, a pagar una obligación contributiva adicional en nombre de usted), ni representarle a usted
                     ante el
                     
IRS. Si usted quiere extender la autorización de la persona designada o si desea recibir ejemplares de notificaciones
                     automáticamente, por favor, vea la Publicación 947, 
Practice Before the IRS and Power of Attorney (Ejercicio ante el
                     
IRS y Poder Legal), en inglés.
                     
                     
                             La autorización para un tercero designado es sustancialmente equivalente a la Forma 8821, 
Tax Information Authorization
                     (Autorización para divulgar información contributiva), en inglés, pero vencerá automáticamente un año a
                     partir de la fecha de vencimiento (excluyendo prórrogas) para radicar su Forma 943-PR para el 2006. Si usted o el tercero
                     desea terminar la
                     autorización, deberá someter al centro de servicio del 
IRS en el cual se procesa su planilla de contribución una
                     declaración por escrito en la que se estipula su deseo de revocar la autorización.
                     
                     
                   
                  Quién debe firmar la planilla.
                             Las siguientes personas deberán firmar la Forma 943-PR:
                     
                     
                        
                           - 
                              Empresa de un solo dueño. El individuo que posee el negocio.
                               
- 
                              Corporación (incluyendo una LLC que se trata como una corporación). El presidente, vice-presidente u
                                 otro funcionario principal.
                               
- 
                              Sociedad (incluyendo una LLC que se trata como una sociedad) u otra empresa no incorporada. Un oficial u
                                 otro funcionario responsable y debidamente autorizado que tiene conocimiento de todas las operaciones y asuntos de la entidad.
                               
- 
                              Sociedad de responsabilidad limitada (LLC) de un sólo socio tratada como entidad no considerada
                                 (disregarded entity)—El dueño de la compañía o sociedad de responsabilidad limitada.
                               
- 
                              Fideicomiso o caudal hereditario (relicto). El fiduciario.
                               
 También puede firmar la planilla un agente debidamente autorizado a representar al contribuyente si se ha radicado un poder
                     válido ante el 
IRS.
                     
                     
                     Método alterno de firma.
                                Los ejecutivos de la corporación o agentes debidamente autorizados pueden firmar la Forma 943-PR, por medio de una
                        estampilla de goma,
                        aparato mecánico o programa para computadoras 
(software). Para saber detalles y la documentación requerida, vea el
                        Procedimiento Tributario 
(Rev. Proc.) 2005-39 en la página 82 del 
Internal Revenue Bulletin (Boletín de los
                        Impuestos Internos) 2005-28, en inglés, en la ciberpágina 
www.irs.gov/pub/irs-irbs/irb05-28.pdf.