Los ciudadanos de los Estados Unidos que son residentes bonafide de Puerto Rico
durante el a o (del 1 de enero al 31 diciembre), generalmentene reportan ingresos
recibidos de fuentes de Puerto Rico en la planilla de contribución federal.
Sin embargo, deben reportar los ingresos recibidos de fuentes fuera de Puerto Rico.
Residentes de Puerto Rico que son empleados del gobierno de los Estados Unidos o los
miembros de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos también deben reportar en la
planilla de contribución sobre ingreso federal todo el ingreso recibido por servicios
personales prestados al gobierno de los Estados Unidos.
Si usted recibe ingreso de fuentes de Puerto Rico, no sujetos a impuestos en
los Estados Unidos, el nivel de ingreso para determinar el requisito de radicar
la planilla de contribución federal es menor que la cantidad que se indica en las
instrucciones de la planilla. Para mas información de como llegar al nivel de
ingreso para la radicación de la panilla de contribución sobre ingreso federal,
favor de referirse a las Publicaciones 570 y
1321. Estas publicaciones pueden ser solicitadas a través de nuestro numero libre
de cargos: 1-800-829-3676.
Si usted no tiene que radicar la planilla de contribución sobre ingreso federal,
pero tiene ingreso de trabajo por cuenta propia de $400.00 o más al a o, tiene que
radicar la Forma 1040SS
(Islas Virgenes) o 1040PR
para reportar el ingreso por cuenta propia.
Además, si cambia su rasidencia de Puerto Rico a los Estados Unidos, no estará sujeto
a impuestos federales por aquellos ingresos que recibió de fuentes de Puerto Rico
durante la parte del a o que residió en Puerto Rico, provisto que usted haya sido
residente bonafide de Puerto Rico por lo menos dos a os antes de mudarse.
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