Los ciudadanos de los Estados Unidos que son residentes bonafide
de Puerto Rico durante el a o (del 1 de enero al 31 diciembre), generalmentene
reportan ingresos recibidos de fuentes de Puerto Rico en la planilla de
contribución federal. Sin embargo, deben reportar los ingresos recibidos
de fuentes fuera de Puerto Rico. Residentes de Puerto Rico que son empleados
del gobierno de los Estados Unidos o los miembros de las Fuerzas Armadas
de los Estados Unidos también deben reportar en la planilla de contribución
sobre ingreso federal todo el ingreso recibido por servicios personales
prestados al gobierno de los Estados Unidos.
Si usted recibe ingreso de fuentes de Puerto Rico, no sujetos a impuestos
en los Estados Unidos, el nivel de ingreso para determinar el requisito
de radicar la planilla de contribución federal es menor que la cantidad
que se indica en las instrucciones de la planilla. Para mas información
de como llegar al nivel de ingreso para la radicación de la panilla
de contribución sobre ingreso federal, favor de referirse a las
Publicaciones 570 y 1321. Estas
publicaciones pueden ser solicitadas a través de nuestro numero
libre de cargos: 1-800-829-3676.
Si usted no tiene que radicar la planilla de contribución
sobre ingreso federal, pero tiene ingreso de trabajo por cuenta propia
de $400.00 o más al a o, tiene que radicar la Forma
1040SS (Islas Virgenes) o 1040PR
para reportar el ingreso por cuenta propia.
Además, si cambia su rasidencia de Puerto Rico a los Estados
Unidos, no estará sujeto a impuestos federales por aquellos ingresos
que recibió de fuentes de Puerto Rico durante la parte del a o que
residió en Puerto Rico, provisto que usted haya sido residente bonafide
de Puerto Rico por lo menos dos a os antes de mudarse.
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