Publication 596SP |
2008 Tax Year |
Chapter 2.
Reglas que Debe Cumplir si Tiene un Hijo Calificado
Si ha cumplido con todos los requisitos del capítulo 1, utilice este capítulo para determinar si tiene un hijo calificado.
Este capítulo trata de las Reglas 8 a 10. Usted debe cumplir con cada una de esas tres reglas, así como con las reglas que
aparecen en
los capítulos 1 y 4, para reunir los requisitos del crédito por ingreso del trabajo con un hijo calificado.
Debe presentar el Formulario 1040 o el Formulario 1040A para reclamar el crédito por ingreso del trabajo con un hijo
calificado. (No puede presentar el Formulario 1040EZ). Además, debe llenar el Anexo EIC y adjuntarlo a su declaración de impuestos.
Si
usted cumple todos los requisitos del capítulo 1 y los de este capítulo, lea el capítulo 4 para saber lo
próximo que deberá hacer.
Ningún hijo calificado.
Si no cumple la Regla 8, no tiene hijo calificado. Lea el capítulo 3 para saber si puede reclamar el crédito
por ingreso del trabajo sin tener un hijo calificado.
Rule 8. Su hijo debe cumplir con los requisitos de parentesco, edad y residencia
Su hijo es un hijo calificado si cumple con tres requisitos. Los tres requisitos son:
-
De parentesco,
-
De edad y
-
De residencia.
Los tres requisitos están ilustrados en la Figura 2 de la página 17. Los párrafos siguientes contienen más
información sobre cada requisito.
Para ser su hijo calificado, el hijo debe ser su:
-
Hijo(a), hijastro(a), hijo(a) de crianza o un descendiente de cualquiera de ellos (por ejemplo, su nieto(a)) o
-
Hermano(a), medio(a) hermano(a), hermanastro(a) o un descendiente de cualquiera de ellos (por ejemplo, su sobrino(a)).
Las siguientes definiciones clarifican el requisito de parentesco.
Hijo adoptivo.
Un hijo adoptivo siempre se trata como su propio hijo. El término “ hijo adoptivo” incluye a un hijo que ha sido puesto legalmente bajo
su tutela para ser legalmente adoptado.
Figura 2. Requisitos para ser Hijo Calificado
Hijo de crianza.
Para propósitos del crédito por ingreso del trabajo, una persona es su hijo de crianza si el hijo ha sido puesto bajo
su custodia por
una agencia de adopciones autorizada o por una sentencia, decreto u otra orden de un tribunal con jurisdicción competente.
(Una agencia de
adopciones autorizada incluye una agencia gubernamental estatal o local. También incluye una organización exenta de impuestos
con
licencia del estado. Incluye, además, un gobierno tribal amerindio o una organización autorizada por un gobierno tribal amerindio
para
colocar niños amerindios).
Ejemplo Chapter 2. .1. Ejemplo.
Diana, que tiene 12 años, fue puesta bajo su cuidado hace 2 años por una agencia autorizada a colocar niños en hogares de
crianza. Diana es su hija de crianza.
Hijo que está casado.
Si su hijo estaba
casado al finalizar el año, él o ella no cumple con el requisito de parentesco, a
menos que cualquiera de estas dos situaciones le corresponda a usted:
-
Usted puede reclamar la exención por su hijo o
-
La razón por la cual usted no puede reclamar la exención por su hijo es porque cedió ese derecho al padre (madre) de su
hijo bajo la Regla especial para padres divorciados o separados, que se explica más adelante.
Su hijo debe:
-
Tener menos de 19 años de edad al finalizar el año 2007,
-
Tener menos de 24 años de edad al finalizar el año 2007 y ser estudiante o
-
Estar total y permanentemente incapacitado durante algún momento en el año 2007, independientemente de edad.
El ejemplo y las siguientes definiciones aclaran el requisito de edad.
Ejemplo Chapter 2. .2. Ejemplo.
Su hijo cumplió 19 años de edad el 10 de diciembre. A menos que él estuviera incapacitado o fuera estudiante, no es un hijo
calificado porque al finalizar el año no tenía menos de 19 años de edad.
Definición de estudiante.
Para calificar como estudiante, su hijo debe ser, durante una parte de cada uno de 5 meses calendarios del año calendario,
sean cuales sean:
-
Un estudiante a tiempo completo en una escuela que tenga un personal docente permanente, un currículo de estudios y un estudiantado
regular en la escuela o
-
Un estudiante que toma un curso a tiempo completo de adiestramiento agrícola ofrecido por una escuela descrita en el apartado
1 anterior o por un organismo del gobierno estatal, de un condado o local.
Los 5 meses calendarios no tienen que ser consecutivos.
Un estudiante a tiempo completo es un estudiante matriculado en un número de horas o en cursos que la escuela considera
asistencia a tiempo
completo.
Definición de escuela.
Una
escuela puede ser primaria, secundaria, superior, colegio, universidad, técnica, laboral o mecánica. Sin
embargo, los cursos de capacitación en el empleo, escuelas por correspondencia y las escuelas que ofrecen cursos sólo por
Internet no se
consideran escuelas para los propósitos del crédito por ingreso del trabajo.
Estudiantes de escuela secundaria vocacional.
Los estudiantes que trabajen en empleos de adiestramiento cooperativo en industrias privadas como parte del currículo
normal de una escuela
para capacitación práctica y en el aula se consideran estudiantes a tiempo completo.
Total y permanentemente incapacitado.
Su hijo está total y permanentemente incapacitado si le corresponden las dos
condiciones siguientes:
-
Él o ella no puede dedicarse a ninguna actividad sustancialmente lucrativa a causa de una condición física o
mental.
-
Un médico determina que la condición ha durado, o se espera que dure de manera continua, por lo menos un año o que
pueda causarle la muerte.
Su hijo debe haber vivido con usted en los Estados Unidos durante más de la mitad del año 2007. Las siguientes definiciones
aclaran
el requisito de residencia.
Estados Unidos.
Esto significa los 50 estados y el Distrito de Columbia. No se incluyen Puerto Rico ni las posesiones de los
Estados Unidos, tales como Guam.
Albergues para personas desamparadas (sin hogar).
Su hogar puede estar en todo lugar donde usted viva habitualmente. No necesita vivir en un hogar tradicional. Por
ejemplo, si su hijo vivió
con usted durante más de la mitad del año en uno o más albergues para personas desamparadas (sin hogar), su hijo cumple con
el
requisito de residencia.
Personal militar destinado fuera de los Estados Unidos.
Para propósitos del crédito por ingreso del trabajo, al personal militar de los Estados Unidos destinado fuera de
los Estados Unidos
en servicio activo prolongado se le considera como si hubiera vivido en los Estados Unidos durante ese período de servicio.
Servicio activo prolongado.
Servicio activo prolongado significa que usted ha sido llamado u ordenado a prestar servicio militar por un período
indefinido de tiempo o
por un período de más de 90 días. Una vez que comience a cumplir su servicio activo prolongado, se considera que ha estado
en
servicio activo prolongado aunque no preste servicio por un período de más de 90 días.
Nacimiento o fallecimiento de un hijo.
Un
hijo que nació o falleció en 2007 es tratado como si hubiera vivido con usted
durante todo el año 2007 si el hogar de usted fue el hogar del hijo durante todo el tiempo que estuvo vivo durante dicho año.
Ausencias temporales.
El tiempo que usted o su hijo se encuentre temporalmente ausente del hogar, debido a una circunstancia especial, se
cuenta como tiempo que
vivió con usted. Algunos ejemplos de circunstancias especiales incluyen: enfermedad, asistencia a una escuela, negocios, vacaciones,
servicio
militar y detención en una institución penal para jóvenes.
Hijo secuestrado.
A un hijo secuestrado se le trata como si estuviera viviendo con usted durante más de la mitad del año si el hijo
vivió con
usted durante más de la mitad de la parte del año transcurrida antes de la fecha en que ocurrió el secuestro. Las autoridades
legales correspondientes deben suponer que el hijo haya sido secuestrado por alguien que no sea miembro de la familia de usted
o de la del hijo. Este
trato corresponde a todos los años hasta que el hijo sea devuelto. Sin embargo, el último año en que este trato se puede aplicar
es la fecha que ocurra primero de estas dos:
-
El año en que se determine que el hijo está muerto o
-
El año en que el hijo hubiera cumplido 18 años de edad.
Si su hijo calificado fue secuestrado y cumple con estos requisitos, escriba “ KC”, en vez de un número, en la línea 6
del Anexo EIC.
Número de seguro social.
Su hijo calificado debe tener un número de seguro social válido, a menos que
naciera y falleciera en 2007. Usted no puede reclamar el crédito por ingreso del trabajo basado en un hijo calificado si:
-
El número de seguro social de su hijo calificado no aparece en la declaración de impuestos o es incorrecto,
-
La tarjeta de seguro social de su hijo calificado indica que no es válida para empleo (“Not valid for employment”) y
fue expedida para obtener beneficios procedentes de fondos del gobierno federal o
-
En lugar de un número de seguro social su hijo calificado tiene:
-
Un número de identificación de contribuyente individual (ITIN), el cual se le expide a una persona que no es
ciudadana de los Estados Unidos porque no puede obtener un número de seguro social o
-
Un número de identificación de adopción de contribuyente (ATIN), expedido a los padres adoptivos que no
pueden obtener un número de seguro social para el niño que van a adoptar hasta que la adopción sea final.
Si tiene dos hijos calificados y solamente uno de éstos tiene un número de seguro social válido, puede reclamar el
crédito por ingreso del trabajo basado en ese hijo solamente. Para obtener más información sobre el número de seguro
social, vea la Regla 2.
Rule 9. Su hijo calificado no puede ser usado por más de una persona para reclamar el crédito por ingreso del trabajo
Algunas veces un hijo cumple con los requisitos de ser el hijo calificado de más de una persona. Sin embargo, solamente una
persona puede
tratar a ese hijo como hijo calificado y reclamar el crédito por ingreso del trabajo usando a ese hijo. Los siguientes párrafos
le
ayudarán a determinar quién, de haber alguien, puede reclamar el crédito por ingreso del trabajo cuando más de una persona
tiene el mismo hijo calificado.
Usted puede escoger a quién reclamará el crédito por ingreso del trabajo.
Si usted y otra persona tienen el mismo hijo calificado, usted y la otra persona pueden decidir cuál de ustedes, si
reúnen los
demás requisitos, recibirá todos los siguientes beneficios tributarios basados en el hijo calificado:
-
La exención por el hijo.
-
El crédito tributario por hijos.
-
El estado civil de cabeza de familia para efectos de la declaración.
-
El crédito por gastos del cuidado de menores y dependientes.
-
La exclusión por beneficios del cuidado de dependientes.
-
El crédito por ingreso del trabajo.
La otra persona no puede optar a ninguno de estos seis beneficios tributarios a menos que él o ella tenga un hijo calificado
distinto.
Si usted y la otra persona no pueden ponerse de acuerdo y más de una persona reclama el crédito por ingreso del trabajo
o los otros
beneficios tributarios mencionados anteriormente usando al mismo hijo, la regla del desempate (que se explica en la Tabla
2) es aplicable. Sin
embargo, la regla del desempate no corresponde si la otra persona es su cónyuge y ustedes presentan una declaración de impuestos
conjunta.
Tabla Esta tabla provee la regla del empate cuando más de una persona reclama elcrédito por ingreso del trabajo usando al
mismo hijo. Tabla 2. Cuando más de una persona presenta una declaración reclamando al mismo hijo (La Regla del Desempate)
Precaución: Si a un hijo se le considera como el hijo calificado de un padre que no tiene custodia bajo la regla especial para padres
divorciados o separados que se explica más adelante, vea Cómo aplicar la Regla 9 a padres divorciados o separados, más adelante.
SI más de una persona presenta una declaración reclamando al mismo hijo
calificado y |
|
|
ENTONCES el hijo será tratado como el hijo calificado de |
|
sólo una de las personas es el padre o la madre del hijo,
|
|
el padre.
|
dos de las personas son padres del hijo y no presentan una
declaración conjunta,
|
|
el padre con quien el hijo vivió durante más tiempo durante el
año.
|
dos de las personas son padres del hijo, el hijo vivió con cada
padre la misma cantidad de tiempo y los padres no presentan una declaración conjunta durante el año,
|
|
el padre con el ingreso bruto ajustado mayor.
|
ninguna de las personas es el padre del hijo,
|
|
la persona con el ingreso bruto ajustado mayor.
|
Si otra persona reclama el crédito por ingreso del trabajo basándose en este hijo.
Si se le deniega el crédito por ingreso del trabajo porque a su hijo calificado se le considera bajo esta regla hijo
calificado de otra
persona en 2007, usted quizás pueda reclamar el crédito basándose en otro hijo calificado, pero no puede reclamar el
crédito por ingreso del trabajo usando las reglas del capítulo 3 para personas que no tienen un hijo calificado.
Si la otra persona no puede reclamar el crédito por ingreso del trabajo.
Si usted y otra persona tienen el mismo hijo calificado pero la otra persona no puede reclamar el crédito por ingreso
del trabajo porque
él o ella no reúne los requisitos o su ingreso del trabajo o ingreso bruto ajustado (conocido por sus siglas en inglés,
AGI) es demasiado alto, usted quizás pueda tratar al hijo como hijo calificado. Vea el Ejemplo 5. Pero vea también
Usted puede escoger a quién reclamará el crédito por ingreso del trabajo, anteriormente.
Ejemplos. Los siguientes ejemplos pueden ayudarle a determinar si puede reclamar el crédito por ingreso del trabajo cuando usted
y otra persona tienen el mismo hijo calificado.
Ejemplo Chapter 2. .3. Ejemplo 1.
Usted y su hijo de 2 años de edad vivieron con la madre de usted todo el año. Usted tiene 25 años de edad. Su único
ingreso fue $9,000 de un trabajo a tiempo parcial. El único ingreso de su madre fue $20,000 del trabajo suyo. Su hijo es hijo
calificado tanto
de usted como de su madre porque cumple con los requisitos de parentesco, edad y residencia tanto para usted como para su
madre. Sin embargo,
sólo uno de ustedes puede considerarlo hijo calificado para reclamar el crédito por ingreso del trabajo (y, si esa persona
reúne
los requisitos, puede reclamar los otros beneficios tributarios que aparecen en la página 20). Ustedes deciden que su madre lo
reclame. Esto significa que, si usted no reclama a su hijo como hijo calificado para propósitos del crédito por ingreso del
trabajo o
para cualquiera de los otros beneficios tributarios indicados en la página 20, su madre puede considerar al hijo de usted como hijo
calificado para reclamar el crédito por ingreso del trabajo (y cualquiera de los otros beneficios tributarios de la página
20
a los cuales ella tiene derecho).
Ejemplo Chapter 2. .4. Ejemplo 2.
Los datos son los mismos que en el Ejemplo 1, excepto que usted y su madre reclaman a su hijo como hijo calificado. En este caso, usted,
como padre del hijo, será la única persona a quien se le permitirá reclamar a su hijo como hijo calificado para propósitos
del crédito por ingreso del trabajo y los otros beneficios tributarios enumerados en la página 20. El IRS le
denegará a su madre la reclamación del crédito por ingreso del trabajo y los otros beneficios tributarios enumerados en la
página 20 a menos que ella tenga otro hijo calificado.
Ejemplo Chapter 2. .5. Ejemplo 3.
Los datos son los mismos que en el Ejemplo 1, pero usted también tiene otros dos hijos menores que viven con usted y su madre que
son hijos calificados para los dos. Sólo uno de ustedes puede reclamar a cada hijo como hijo calificado. Sin embargo, usted
y su madre pueden
dividir a los tres hijos calificados entre los dos. Por ejemplo, usted puede usar a un hijo y su madre puede usar a los otros
dos.
Ejemplo Chapter 2. .6. Ejemplo 4.
Los datos son los mismos que en el Ejemplo 1, pero usted tiene sólo 18 años de edad. Esto significa que es el hijo
calificado de su madre. A causa de la Regla 10, que se explica a continuación, usted no puede reclamar el crédito por ingreso
del trabajo. Sólo su madre podría usar al hijo de usted como hijo calificado para reclamar el crédito por ingreso del trabajo.
Si
su madre cumple con todos los otros requisitos para reclamar el crédito por ingreso del trabajo y usted no reclama a su hijo
como hijo
calificado para ninguno de los beneficios tributarios enumerados en la página 20, su madre puede tratar a ambos, usted y a su hijo,
como hijos calificados para propósitos del crédito por ingreso del trabajo.
Ejemplo Chapter 2. .7. Ejemplo 5.
Los datos son los mismos que en el Ejemplo 1, excepto que su madre tuvo ingresos de $50,000 de su trabajo. Debido a que el ingreso del
trabajo de su madre es demasiado alto para que ella reclame el crédito por ingreso del trabajo, sólo usted puede reclamar
el
crédito usando a su hijo.
Ejemplo Chapter 2. .8. Ejemplo 6.
Usted, su cónyuge y su hijo de 10 años de edad vivieron juntos hasta el 1º de agosto del año 2007, cuando su
cónyuge se mudó de su hogar. En agosto y septiembre, su hijo vivió con usted. Por el resto del año, su hijo vivió
con su cónyuge. Su hijo es el hijo calificado tanto de usted como de su cónyuge porque vivió con cada uno de ustedes por
más de la mitad del año y porque cumplió con los requisitos de parentesco y edad para ambos. Al final del año, usted y su
cónyuge aún no estaban divorciados, ni legalmente separados o separados bajo un acuerdo de separación por escrito, por lo
tanto
la regla especial para padres divorciados o separados no corresponde.
Usted y su cónyuge presentarán declaraciones por separado. Su cónyuge accede a que usted considere a su hijo hijo calificado.
Esto significa que, si su cónyuge no reclama a su hijo como hijo calificado para propósitos de cualquiera de los beneficios
tributarios
que aparecen en la página 20, usted puede reclamarlo como hijo calificado para propósitos de cualquiera de los beneficios
tributarios que aparecen en la página 20 a los cuales usted tiene derecho. Sin embargo, usted no puede reclamar el estado civil de
cabeza de familia para efectos de la declaración porque usted y su cónyuge no vivieron aparte durante los últimos 6 meses
del
año. Como resultado, su estado civil para efectos de la declaración es casado que presenta la declaración por separado,
así que usted no puede reclamar el crédito por ingreso del trabajo ni el crédito por gastos del cuidado de menores y
dependientes. Vea la Regla 3.
Ejemplo Chapter 2. .9. Ejemplo 7.
Los datos son los mismos que en el Ejemplo 6, excepto que tanto usted como su cónyuge reclaman a su hijo como hijo calificado. En
este caso, sólo a su cónyuge se le permitirá tratar a su hijo como hijo calificado. Esto se debe a que, durante el año
2007, su hijo vivió con él por más tiempo que con usted. Usted no puede reclamar el crédito por ingreso del trabajo para
personas con o sin un hijo calificado. Sin embargo, debido a que usted y su cónyuge no vivieron aparte por los últimos 6 meses
del
año, su cónyuge no puede reclamar el estado civil de cabeza de familia para efectos de la declaración. Como resultado de su
estado civil para efectos de la declaración de casado que presenta la declaración por separado, su cónyuge no puede reclamar
el
crédito por ingreso del trabajo ni el crédito por gastos del cuidado de menores y dependientes. Vea la Regla 3.
Ejemplo Chapter 2. .10. Ejemplo 8.
Usted, su hijo de 5 años de edad y el padre de su hijo vivieron juntos todo el año. Usted y el padre de su hijo no están
casados. Su hijo es el hijo calificado de tanto usted como del padre de su hijo porque cumple con los requisitos de parentesco,
edad y residencia
tanto para usted como para el padre. Usted ganó $12,000 y el padre de su hijo ganó $14,000. Ninguno de ustedes tuvo otro ingreso.
El
padre de su hijo accede a que usted trate a su hijo como hijo calificado. Esto significa que, si el padre de su hijo no reclama
a su hijo como hijo
calificado para propósitos del crédito por ingreso del trabajo o para cualquiera de los otros beneficios tributarios que aparecen
en la
página 20, usted puede reclamarlo como hijo calificado para propósitos del crédito por ingreso del trabajo y para
cualquiera de los otros beneficios que aparecen en la página 20 a los cuales usted tiene derecho.
Ejemplo Chapter 2. .11. Ejemplo 9.
Los datos son los mismos que en el Ejemplo 8, excepto que tanto usted como el padre de su hijo reclaman a su hijo como hijo calificado.
En este caso, sólo al padre de su hijo se le permitirá considerar al hijo su hijo calificado. Esto se debe a que su ingreso
bruto
ajustado, $14,000, es mayor que el ingreso bruto ajustado de usted, $12,000. Usted no puede reclamar el crédito por ingreso
del trabajo para
personas con o sin un hijo calificado.
Ejemplo Chapter 2. .12. Ejemplo 10.
Usted y su sobrina de 7 años de edad, que es hija de su hermana, vivieron con la madre de usted durante todo el año. Usted
tiene 25
años de edad y su único ingreso fue $9,300 producto de un trabajo a tiempo parcial. El único ingreso de su madre fue $15,000
de
su trabajo. Su sobrina es la hija calificada de usted y de su madre porque cumple los requisitos de parentesco, edad y residencia
tanto para usted
como para su madre. Pero sólo uno de ustedes puede usarla como hija calificada. Su madre accede a que usted considere a su
sobrina la hija
calificada. Esto significa que, si su madre no la reclama como hija calificada para propósitos del crédito por ingreso del
trabajo o
para cualquiera de los otros beneficios tributarios que se encuentran en la página 20, usted puede reclamar a su sobrina como hija
calificada para propósitos del crédito por ingreso del trabajo y para cualquiera de los otros beneficios tributarios que aparecen
en la
página 20 a los cuales tiene derecho.
Ejemplo Chapter 2. .13. Ejemplo 11.
Los datos son los mismos que en el Ejemplo 10, excepto que usted y su madre reclaman a su sobrina como hija calificada. En este caso,
sólo a su madre se le permitirá reclamar a su sobrina como hija calificada para propósitos del crédito por ingreso del
trabajo. Esto se debe a que el ingreso bruto ajustado de su madre, $15,000, es mayor que el ingreso bruto ajustado de usted,
$9,300.
Regla especial para padres divorciados o separados.
Un hijo será considerado hijo calificado del padre o madre sin custodia (para propósitos de reclamar una exención,
pero no
para el crédito por ingreso del trabajo) si corresponden todas las siguientes situaciones:
-
Los padres:
-
Están divorciados o legalmente separados bajo un decreto de divorcio o de manutención por separación
judicial,
-
Están separados bajo un acuerdo de separación por escrito o
-
Vivieron por separado en todo momento durante los últimos 6 meses del año 2007.
-
El hijo recibió más de la mitad de su manutención para el año de los padres.
-
El hijo está bajo la custodia de uno de los padres, o ambos, por más de la mitad del año 2007.
-
Cualquiera de las siguientes aseveraciones es cierta:
-
El padre con custodia firma un Formulario 8332 o un documento considerablemente similar que declara que él o ella no reclamará
al hijo como dependiente para el año y el padre que no tiene custodia adjunta este formulario o documento a su declaración
de impuestos.
Si el decreto de divorcio o de manutención por separación judicial entró en vigencia después de 1984, el padre sin
custodia puede adjuntar ciertas páginas del decreto de divorcio o de manutención por separación judicial en lugar del Formulario
8332.
-
Un decreto de divorcio o de manutención por separación judicial o un acuerdo de separación por escrito anterior a 1985
correspondiente al año 2007 establece que el padre que no tiene custodia puede reclamar al hijo como dependiente y el padre
sin custodia provee
por lo menos $600 para la manutención del hijo durante el año 2007.
Para información adicional, vea la Publicación 501, en inglés. Vea también el tema Cómo aplicar la Regla 9
a padres divorciados o separados, a continuación.
Cómo aplicar la Regla 9 a padres divorciados o separados.
Si se considera al hijo como el hijo calificado del padre que no tiene custodia bajo la regla especial para hijos
de padres divorciados o separados
descrita anteriormente, sólo el padre que no tiene custodia puede reclamar una exención y el crédito tributario por hijos
para el
hijo. Sin embargo, el padre sin custodia no puede reclamar al hijo como hijo calificado para los otros beneficios tributarios
enumerados en la
página 20. Sólo el padre con custodia u otro contribuyente que reúna los requisitos puede reclamar al hijo como hijo
calificado para esos beneficios tributarios. Sin embargo, si tanto el padre que tiene custodia como otro contribuyente que
reúna los requisitos
presentan una declaración reclamando al hijo como hijo calificado para propósitos de cualquiera de estos cuatro beneficios
tributarios,
el IRS denegará todas menos una de las reclamaciones usando la regla del desempate que se encuentra en la Tabla 2.
Ejemplo Chapter 2. .14. Ejemplo 1.
Usted y su hijo que tiene 5 años vivieron durante todo el año con la madre de usted, quien pagó todo el mantenimiento de la
vivienda. Bajo las reglas para hijos de padres divorciados o separados, se le considera a su hijo el hijo calificado de su
padre, quien puede reclamar
una exención y el crédito tributario por hijos basado en su hijo si él cumple todos los requisitos para hacerlo. Debido a
esto,
usted no puede reclamar una exención ni el crédito tributario por hijos a favor de su hijo. Sin embargo, el padre no puede
reclamar a su
hijo como hijo calificado para el estado civil de cabeza de familia para efectos de la declaración, el crédito por gastos
del cuidado de
menores y dependientes, la exclusión por beneficios del cuidado de dependientes o el crédito por ingreso del trabajo. Usted
y su madre
no tuvieron gastos del cuidado de menores ni beneficios del cuidado de dependientes, pero su hijo es un hijo calificado tanto
de usted como de la
madre de usted para propósitos del crédito por ingreso del trabajo y del estado civil de cabeza de familia para efectos de
la
declaración, porque él cumple los requisitos de parentesco, edad, residencia y manutención tanto para usted como para la madre
de
usted. (Nota: El requisito de manutención no corresponde para propósitos del crédito por ingreso del trabajo). No
obstante, usted accede a que la madre de usted reclame a su hijo. Esto significa que ella puede reclamar a su hijo como hijo
calificado para
propósitos del crédito por ingreso del trabajo o para el estado civil de cabeza de familia para efectos de la declaración
si
reúne los requisitos para ambos y si usted no reclama a su hijo como hijo calificado para propósitos del crédito por ingreso
del
trabajo. (Usted no puede reclamar el estado civil de cabeza de familia debido a que su madre pagó todo el mantenimiento de
la vivienda).
Ejemplo Chapter 2. .15. Ejemplo 2.
Los datos son los mismos que en el Ejemplo 1, excepto que usted y su madre las dos reclaman a su hijo como hijo calificado para
propósitos del crédito por ingreso del trabajo. Su madre también lo reclama como hijo calificado para el estado civil de cabeza
de familia para efectos de la declaración. Usted, como madre del hijo, será la única persona a la que se le permitirá
reclamar a su hijo como hijo calificado para propósitos del crédito por ingreso del trabajo. El IRS le denegará a la
madre de usted la reclamación del crédito por ingreso del trabajo y del estado civil de cabeza de familia para efectos de
la
declaración a menos que ella tenga otro hijo calificado.
Rule 10. No puede ser el hijo calificado de otra persona
Usted es el hijo calificado de otra persona (su padre, tutor, padre adoptivo, etc.) si se cumplen todas las
aseveraciones siguientes:
-
Usted es el hijo(a), hijastro(a), nieto(a) o hijo(a) de crianza de esa persona.
O usted es el hermano(a), medio(a) hermano(a) o hermanastro(a) de esa persona (o el hijo(a) o nieto(a) del
hermano(a), medio(a) hermano(a) o hermanastro(a) de esa persona).
-
Al finalizar el año, usted tenía menos de 19 años de edad o tenía menos de 24 años y era estudiante, o
tenía cualquier edad si estaba total y permanentemente incapacitado en algún momento del año.
-
Usted vivió con esa persona en los Estados Unidos durante más de la mitad del año.
Si desea obtener más información acerca de los requisitos con los que debe cumplir un hijo calificado, vea la Regla 8.
Si usted (o su cónyuge si presenta una declaración conjunta) es hijo calificado de otra persona, usted no puede reclamar el
crédito por ingreso del trabajo. Esto es el caso aunque la persona para quien usted es un hijo calificado no reclame el crédito
por
ingreso del trabajo o cumpla con todos los requisitos para reclamarlo. Escriba “No” al lado de la línea 66a (del Formulario
1040) o de la línea 40a (del Formulario 1040A).
Ejemplo Chapter 2. .16. Ejemplo.
Usted y su hija vivieron con la madre de usted durante todo el año. Usted tiene 22 años de edad y asistió a una escuela
vocacional a tiempo completo. Tuvo un trabajo a tiempo parcial en el cual ganó $5,700. No tuvo otro ingreso. Como cumple con
los requisitos de
parentesco, edad y residencia, usted es hijo calificado de su madre. Ella puede reclamar el crédito por ingreso del trabajo
si satisface todos
los otros requisitos. Como usted es el hijo calificado de su madre, no puede reclamar el crédito por ingreso del trabajo.
Esto es el caso
aunque su madre no pueda reclamar ni reclame el crédito por ingreso del trabajo.
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